Boletines/General Villegas
Decreto Nº 21/2019
General Villegas, 03/01/2019
Visto
El Expediente Nº 14650/18, iniciado por la Directora de Desarrollo Social Local, elevando la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a solventar el pago del servicio de Luz, por un monto de Pesos cuatro mil quinientos cincuenta ($ 4.550.-) para su evaluación; y
Considerando
Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.
Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 35.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos cuatro mil quinientos cincuenta ($4.550.-), destinado a solventar el pago del servicio de energía eléctrica, conforme el siguiente detalle:
Apellido y Nombre |
D.N.I. |
Importe |
Álvarez Adriana |
27.982.557 |
$ 300.- |
Bernetche Nancy |
24.594.885 |
$ 900.- |
Bravo Dora |
33.171.992 |
$ 500.- |
Pérez Paula |
37.178.332 |
$ 300.- |
Pico M. de los Ángeles |
22.961.507 |
$ 300.- |
Piñero Hugo |
5.397.728 |
$ 1.700.- |
Ramos Betiana |
34.144.015 |
$ 250.- |
Ruíz Silvana |
28.300.824 |
$ 300.- |
ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Secretaría de Acción Social |
Fuente de Financiación: |
110 |
Inciso: |
5 - Transferencias |
Partida Principal: |
1 - Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corriente |
Partida Subparcial: |
04 - Ayuda Sociales a Personas |
Programa: |
62 - Asistencia Social Directa |
Actividad Prog: |
03 - Subsidios Varios |
Importe: |
$ 4.550,00- |
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social Local; cúmplase y archívese.