Boletines/General Belgrano
Ordenanza Nº 016/19
General Belgrano, 08/05/2019
VISTO:
El Expte. Administrativo N°4041-A-12.215, y
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado Expte. obran agregados a fs. 8 y 12 el contrato de comodato N°619/16 y la adenda de dicho contrato, respectivamente, suscripto entre La Municipalidad de Gral. Belgrano y la Asociación de Bomberos Voluntarios de Gral. Belgrano.
Que en dichos convenios se establece que el Honorable Concejo Deliberante deberá establecer la modalidad de uso que se efectuara en el predio objeto de los acuerdos, por parte de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Gral. Belgrano.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde al Cuerpo Legislativo la convalidación de la concesión de uso del inmueble.
Que por el mismo la Municipalidad otorga en comodato de uso a la Asociación Bomberos Voluntarios de Gral. Belgrano, un inmueble, identificado catastralmente como Circ. I, Secc. F, Ch. 38, Fracción 1, Parc. 1B, denominado Predio “El Radar” de General Belgrano, para que dicha institución lo utilice para instalar un circuito de Motocross y centro de Entrenamiento de Bomberos Voluntarios.
Por ello, y
Atento al despacho de las comisiones que fuera aprobado por Unanimidad,
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Asociación Bomberos Voluntarios de General Belgrano un contrato de Comodato por el predio identificado catastralmente como Circ. I, Secc. F, Ch. 38, Fracción 1, Parc. 1B, denominado Predio “El Radar” de General Belgrano, por el plazo de cinco (5) años y en los términos establecidos en el Art. 28 del Dto.-Ley 9533/80.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su cumplimiento y efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A OCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE.-