Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Resolución Nº13/2019

Resolución Nº 13/2019

Adolfo Gonzales Chaves, 23/05/2019

Visto

           La necesidad de los distintos acompañantes terapéuticos de Adolfo Gonzales Chaves de regular su situación formativa; y

Considerando

Que la formación del acompañante terapéutico aborda un rol importante como agente de salud capacitado que sostiene una función asistencial específica en el área de salud mental dentro de un equipo interdisciplinario. Cada acompañamiento es singular, diferente, e indispensable, y para ejercer su función utiliza sus propias herramientas;

Que en la actualidad la mayoría de las Obras Sociales cubren , entre sus prestaciones, el servicio de acompañamiento terapéutico habilitado de la manera correspondiente bajo resoluciones ministeriales:

  • Resolución 1221/15 diseño curricular tecnicatura superior formación profesional de     acompañante terapéutico.
  • Resolución 1014/14 diseño curricular curso formación profesional de acompañantes terapéuticos;

Que es importante reglamentar una profesión que crece notablemente y que actualmente se aprobó como Tecnicatura Universitaria en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata, con espera a resolución del Ministerio de Educación de la Nación;

Que la carrera de acompañante terapéutico es importante y necesaria dado que se enmarca en la Ley de Salud Mental Nº 26.657, donde se trabaja con los derechos de las personas con padecimiento mental a través de la capacitación a través de la capacitación, información y el acompañamiento;

Que una manera de otorgarle visibilidad y mayores posibilidades de inserción laboral a quienes finalicen los cursos es reglamentar la profesión de acompañante terapéutico, otorgarle mayor difusión a los profesionales de la actividad y servirá para que las instituciones y/o personas particulares puedan acceder a los servicios;

Que en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires se ingresaron tres proyectos de ley;

  • El Proyecto presentado por la Señora Diputada Denot Liliana “ Creando la figura del acompañante terapéutico” Expte. D-1169/18-19.
  • El Proyecto presentado por la Señora Diputada Saintout Florencia “Reglamento de actividad Profesional del/la acompañante terapéutico/a” Expte. D-1872/18-19.
  • El Proyecto presentado por el Señor Diputado Kane Guillermo “Reglamentando la actividad Profesional del Acompañante Terapéutico” Expte. D-1927/18-19.

Que de los tres proyectos de Ley , la “comisión de asociaciones, federaciones y colegios profesionales” de dicho cuerpo ha realizado un dictamen unificado para su aprobación en el presente año;

Por todo ello,

el Honorable Concejo Deliberante de Adolfo Gonzales Chaves, en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:

RESOLUCION

 

                                                           

ARTICULO 1º: Solicítase a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, el tratamiento del Proyecto de Ley sobre Regulación de la actividad Profesional del Acompañante Terapéutico.

 

ARTICULO 2º: Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.