Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº433/18

Decreto Nº 433/18

Coronel Rosales, 15/11/2018

Visto

El llamado a Licitación Pública N° 2/18, para la "ADJUDICACIÓN DEL DERECHO DE OCUPACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL PARADOR LA BARRACA DE LA LOCALIDAD DE PEHUEN-CO", promovido por la Dirección de Turismo y Secretaría de Obras y Servicios; y

Considerando

Que conforme lo informan el Departamento de Recaudación y la Dirección de Turismo no fue adquirido ninguno de los ejemplares del Pliego de Bases y Condiciones que fueran puestos a la venta.-

Que a tal efecto debe procederse al dictado de la norma que declare el llamado desierto por falta de ofertas;

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, en uso de sus facultades;                                                                                                                                                                                                                                                     DECRETA

ARTICULO 1°.- Declárase desierto el llamado a Licitación Pública N° 2/18, para la  "ADJUDICACIÓN DEL DERECHO DE OCUPACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL PARADOR LA BARRACA DE LA LOCALIDAD DE PEHUEN-CO" -

ARTICULO 2°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones instrumentado para el llamado de Licitación Pública N° 2/18 que forma parte del expediente D-263/18.-

ARTICULO 3°.- Llámese a Licitación Pública N° 2/18 para la "ADJUDICACIÓN DEL  DERECHO DE OCUPACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL PARADOR LA BARRACA DE LA LOCALIDAD DE PEHUEN-CO".-

ARTICULO 4º.- Las propuesta deberán ajustarse en un todo a lo establecido en el  Pliego de Bases y Condiciones y ser presentadas en Mesa de Entradas, en sobres cerrados, lacrados y firmados en el cierre personalmente o por correo, con la inscripción correspondiente, las que serán abiertas en la Sala de Conferencias de la Municipalidad el día 1° de junio de 2019, a las 10.00 horas en presencia de los interesados y autoridades correspondientes.-

ARTICULO 5° Fíjase el valor del Pliego de Bases y Condiciones en la suma de  PESOS MIL QUINIENTOS (S 1.500.-), cuya venta se efectuará en la Oficina de Recaudación.-

ARTICULO 6°.- El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de  Obras y Servicios Públicos.-

ARTICULO 7°.- Dese Registro Oficial, publíquense edictos por el término de dos (2)  días en el Boletín Oficial teniendo en cuenta lo previsto en el Art. 166 inc. a) Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para Municipalidades y Diario La Nueva Provincia de ciudad de Bahía Blanca, tornen conocimiento las Secretarías de Gobierno, Economía, Salud y Desarrollo Social, déjese constancia de ello en el expte. y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Hecho, resérvese en Secretaría General.-