Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1456/2019

Decreto Nº 1456/2019

San Andrés de Giles, 05/04/2019

Visto

                                              El expediente Nº 4101-4941-0-2019 mediante el cual se tramita el llamado a Licitación Pública Nº 6/2019, cuyo objeto es la recepción de ofertas para formalizar la  contratación de equipos de Laboratorio en concepto de alquiler, destinados al laboratorio del Hospital Municipal San Andrés ;  consistente en: Un equipo contador hematológico para 1000 determinaciones aproximadas por mes para las siguientes determinaciones: hematocrito, hemoglobina, glóbulos blancos, glóbulos rojos, plaquetas, volumen corpuscular medio, hemoglobina corpuscular media, concentración de hemoglobina corpuscular media, porcentaje de neutrófilos, linfocitos y mezcla, con sus respectivos insumos, lisante, diluyente, limpiador, controles, papel termosensible. Un equipo analizador de iones sodio, potasio, cloro, para 350 determinaciones mensuales con su respectivo pack de soluciones para esa cantidad de determinaciones, cambio de electrodos de los tres iones (sodio, potasio, y cloro). Un equipo de gasometría, para 75 determinaciones mensuales, (tres cajas de cassettes conteniendo veinticinco cada una) los cuales incluyen: pH, pCO2, pO2, exceso de bases, saturación de oxigeno% y bicarbonato, con su respectivas bombas de gas para esa cantidad de determinaciones.Un equipo autoanalizador de química, con todos sus insumos incluyendo reactivos para las siguientes determinaciones: glucosa, urea, creatinina, Glutamato-oxalacetato transaminasa, Glutamato-piruvato transaminasa, fosfatasa alcalina, bilirrubina total, bilirrubina directa, amilasa, gamma glutamil transpeptidasa, fosforo, calcio, magnesio, colesterol total, colesterol HDL, colesterol LDL, triglicéridos, microalbuminuria, hemoglobina glicosilada, albumina, proteínas totales, láctico deshidrogenasa, creatina quinasa total, creatina quinasa MB y ácido úrico, todas estas determinaciones son a razón de aproximadamente dos cajas de cada analito mensual. Un equipo para las determinaciones de troponina ultrasensible y creatina quinasa MB ultrasensible, que incluyen 40 cassettes con troponina y 10 cassettes con creatina MB. conforme los términos del Decreto  Municipal Nº 0879  dictado por el Departamento Ejecutivo el día 20 de febrero de 2019, que dispone el correspondiente llamado a Licitación; y 

          

Considerando

 

                         Que en el artículo 4º del mencionado acto administrativo (Fs.24/25 ) se fijó como fecha y horario para la apertura de propuestas el día 14 de marzo de 2019 a la hora 11:00 y como fecha y horario límite para la presentación el mismo día 14 de marzo hasta  misma hora 11:00

                                         Que en cumplimiento a la legislación vigente, se realizó a través de dos medios gráficos locales  y del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, la publicación del llamado a Licitación Pública Nº 6/2019.(Constancias Obrantes en el expediente  Nº 4101-4941-0-2019 (Fojas: 29/33)

                                         Que conforme se encontraba previsto y en la fecha indicada  se realizó el acto de apertura de propuestas , registrándose lo actuado en el Acta de Apertura de Propuestas Nº 6/2019 (De Licitación Pública)

                                          Que, surge del Acta Nº 6-  que se registró una única  oferta correspondiendo la misma  a la firma BIO FAB S.R.L., la que ha cumplido con la documentación requerida  sin haber sido pasible de observaciones en el acto de apertura de propuestas .

                                         

                                           Que teniendo  en cuenta la conveniencia de la propuesta, como también que se trata de  una prestación destinada a atender la salud de la población y a optimizar el funcionamiento del Laboratorio del Hospital Municipal y en cumplimiento a lo que prevé  la Ley Orgánica Municipal en su artículo 155, que determina que,  para el caso de existir un solo oferente en la licitación, se podrá resolver su aceptación, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante, y el artículo 187  del Reglamento de Contabilidad, el expediente fue elevado al órgano Deliberativo Municipal a tales efectos.

                                        Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día 21 de marzo  de 2019, sancionó la ordenanza Nº 2189 en virtud de la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a adjudicar  a la firma FIO FAB S.R.L.  , la Licitación Pública Nº 6/2019.

                                        Que el Departamento Ejecutivo Promulgó la norma  el día 25 de marzo de 2019, mediante el dictado del Decreto Nº 1267.

                                        Que ha sido celebrado contrato con la firma adjudicataria para la prestación aludida, siendo procedente el dictado del acto administrativo correspondiente que disponga la convalidación del instrumento contractual;      

                                       

 

                  Por todo lo expresado el Intendente Municipal en uso de las facultades legales

 

que le son propias:

 

D E C R E T A

          

Artículo 1º:  Convalídar el contrato de locación suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la  firma BIO FAB S.R.L. ,  en el marco de la Licitación Pública Nº 6/2019 ,  cuyo objeto es la recepción de ofertas para formalizar la  contratación de equipos de Laboratorio en concepto de alquiler, destinados al laboratorio del Hospital Municipal San Andrés,  conforme su  propuesta presentada .

Artículo 2º:  Los gastos que demande  a la Municipalidad , el cumplimiento de sus obligaciones asumidas en el contrato que por este acto se convalida, serán imputadas a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos Vigente:

Fuente de Financiamiento                     110  Tesoro Municipal

Jurisdicción                              1110100000 Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción                         1110107000 Secretaría de Salud

Programa                                 70    Prestación de Servicios en el Hospital  Municipal San Andrés .

Actividad                                  01 Servicios de Salud En Hospital Municipal

Inciso                                                  3      Servicios No Personales

Partida Principal                                   2      Alquileres y Derechos

Partida Parcial                                      2      Alquiler de maquinaria, equipos y medios de Transporte

 

Artículo 3º:  Regístrese, Comuníquese dese intervención a las áreas cuya intervención corresponda , a la Contratista, publíquese y archívese

 

 

 

 

 

 

                                                         CONTRATO DE LOCACIÓN DE OBRA

 

En la ciudad de San Andrés de Giles, a los  5 días del mes de abril  del año  2019, entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, con domicilio legal en calle Moreno  Nº 338 de la localidad de San Andrés de Giles (Provincia de Buenos Aires), representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, CPN Carlos Javier Puglelli , (DNI Nº 24.795.966) con domicilio en calle Moreno Nº 338, de la ciudad de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre ,  por una parte,  en adelante llamada  La Municipalidad y por la  otra la Firma BIO FAB S.R.L. representada en este acto por  Jorge Fabrello en su carácter de  Gerente   –DNI Nº 14.424.397 con domicilio Real y Legal en  calle Iturri Nº 372 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires y  con depósito y logística en calle Santa Fe Nº 1715 de la Ciudad de Chajarí , Provincia de Entre Rios CUIT de la Empresa 30-71172660-4 llamado  en adelante “EL CONTRATISTA” conjuntamente denominadas "las partes" o individualmente como "parte"; convienen en celebrar el presente contrato  (en adelante el , o este contrato) sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: El presente contrato  se corresponde  y  es consecuencia  de la Licitación Pública  Nº 6/2019 tramitada por “LA MUNICIPALIDAD” a través del Expediente Nº 4101- 4941-0-2019 , en la cual “EL CONTRATISTA” resultó adjudicatario en virtud de lo dispuesto  en la Ordenanza Municipal Nº 2189 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante durante la Sesión ordinaria celebrada el día 21 de marzo de 2019- Decreto Nº 1371/2019.

SEGUNDA  El Objeto de este Contrato es  la Provisión en concepto de alquiler y provisión de insumos  por parte de El Contratista   de la  siguiente aparatología con destino al equipamientos del Laboratorio del Hospital Municipal “San Andrés”:

  • Un (1) equipo contador hematológico para 1000 determinaciones aproximadas por mes para las siguientes determinaciones: hematocrito, hemoglobina, glóbulos blancos, glóbulos rojos, plaquetas, volumen corpuscular medio, hemoglobina corpuscular media, concentración de hemoglobina corpuscular media, porcentaje de neutrófilos, linfocitos y mezcla, con sus respectivos insumos, lisante, diluyente, limpiador, controles, papel termosensible.
  • (1)Un equipo analizador de iones sodio, potasio, cloro, para 350 determinaciones mensuales con su respectivo pack de soluciones para esa cantidad de determinaciones, cambio de electrodos de los tres iones (sodio, potasio, y cloro).
  • (1)Un equipo de gasometría, para 75 determinaciones mensuales, (tres cajas de cassettes conteniendo veinticinco cada una) los cuales incluyen: pH, pCO2, pO2, exceso de bases, saturación de oxigeno% y bicarbonato, con su respectivas bombas de gas para esa cantidad de determinaciones.
  • Un(1) equipo autoanalizador de química, con todos sus insumos incluyendo reactivos para las siguientes determinaciones: glucosa, urea, creatinina, Glutamato-oxalacetato transaminasa, Glutamato-piruvato transaminasa, fosfatasa alcalina, bilirrubina total, bilirrubina directa, amilasa, gamma glutamil transpeptidasa, fosforo, calcio, magnesio, colesterol total, colesterol HDL, colesterol LDL, triglicéridos, microalbuminuria, hemoglobina glicosilada, albumina, proteínas totales, láctico deshidrogenasa, creatina quinasa total, creatina quinasa MB y ácido úrico, todas estas determinaciones son a razón de aproximadamente dos cajas de cada analito mensual.

Un (1) equipo para las determinaciones de troponina ultrasensible y creatina quinasa MB ultrasensible, que incluyen 40 cassettes con troponina y 10 cassettes con creatina MB.

 

TERCERA: El Contratista  será responsable en todos los casos, del material a proveer en cuanto a su calidad, cantidad y formas de entrega. Será responsable asimismo El Contratista del mantenimiento y/o reparación de los equipos en su totalidad. El hospital no se responsabiliza de cualquier falla, rotura o mal funcionamiento, debiendo así la empresa contratada, reponer el mismo para seguir con el funcionamiento normal del laboratorio.

CUARTA :  Las partes acuerdan que los precios fijados en este Contrato serán invariables durante el plazo de vigencia del mismo, especificado en la cláusula séptima y no se reconocerán mayores costos, ni intereses financieros por ninguna causa e incluyen los gastos de transporte, flete, carga y descarga en el lugar de la entrega.

QUINTA: Los pagos a  El Contratista , Se efectuarán  mes vencido, a partir del primer día hábil del mes calendario posterior de la prestación del servicio.Para iniciar la gestión de pago El Contratista deberá presentar la correspondiente factura en original, debiendo   acompañar a las facturas: la siguiente documentación:  certificados de entrega previa satisfacción y conformidad de los servicios contratados suscripto por el director y/o vice director y/o director de Administración del Hospital Municipal San Andrés., con firma, aclaración, sello y fecha de recepción. Los pagos podrán realizarse hasta 15 (quince) días de la fecha de factura.

SEXTA: El contratista constituye al suscribir este Contrato en concepto de  Garantía de Contrato que establece  el artículo 19º- Clausulas Legales Generales- del Pliego de Bases y Condiciones aprobado mediante Decreto Nº 0879/2019- Artículo 3º- a través de Póliza de Seguro de Caución Nº 488.180     extendida por Afianzadora Latinoamericana . Por un monto de Ciento setenta y siete mil ochocientos cuarenta pesos ($ 177.840) suma que es  equivalente al diez por ciento (10%) del Monto del Contrato La Garantía será devuelta una vez  realizada la Recepción Definitiva de la obra a entera satisfacción de la Municipalidad y siempre que no existieran créditos a favor de ésta.

SEPTIMA: El término de duración de este Contrato se fija desde el día 1 del mes de de abril del corriente hasta el 31 de Diciembre de 2019 inclusive. Producido el vencimiento del contrato, el mismo quedará automáticamente prorrogado por el término de noventa (90) días.

OCTAVA: Para todos los efectos derivados del presente, las partes constituyen domicilios legales en los indicados al comienzo, donde serán válidas todas las notificaciones, citaciones y emplazamientos que se practicaren, sometiéndose a los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mercedes , con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción.

En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en San Andrés de Giles, el día 5   del mes de abril  del año 2019.