Boletines/Suipacha
Decreto Nº 204/2019
Suipacha, 29/04/2019
Visto
El Expediente Nº 395/2019; y
Considerando
Que el mismo se inicia por nota de la Sub Secretaría de Desarrollo Humano a través de la cual solicita se declare de interés Municipal el “Programa Conociendo Nuestra Capital”;
Que organizado por la Subsecretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires a través de la Dirección de Acciones Promocionales, Departamento de Turismo Social tiene como objeto brindar a los sectores más vulnerables de la población bonaerense una visita a la capital provincial permitiendo conocer los atractivos más emblemáticos de la ciudad y permitir disfrutar de un paisaje diverso al que cotidianamente viven;
Que participarán de este Programa los Adultos Mayores de nuestra ciudad el próximo jueves 16 de mayo;
Que este Departamento Ejecutivo estima de sumo interés la realización de este programa del que participarán los adultos mayores de nuestra ciudad acompañados por la Secretaría de Desarrollo Humano, por ello, el suscripto,
Intendente Municipal del Partido,
En uso de sus atribuciones decreta
Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal el Programa “Conociendo Nuestra Capital” a través del cual los adultos mayores de nuestra ciudad realizarán una visita a la Capital Provincial el próximo 16 de mayo del corriente.
Artículo 2º:Otórguese un anticipo de Pesos Mil ($ 1.000) a la Sra. Subsecretaria de Desarrollo Humano, María Eugenia Cambiano, para gastos de peajes, con cargo de rendir cuenta.
Artículo 3º: Autorízase a la Contaduría Municipal a realizar los gastos que surjan con motivo de la implementación citada en el Artículo 1º.
Artículo 4º: El gasto que demande lo establecido en el Artículo 1° se imputará a la siguiente partida:
1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero
1100000000 – Administración Municipal
1110000000 – Administración Central
1110100000 - Departamento Ejecutivo
1110116000 – Secretaría de Desarrollo Humano
16- Política de Asistencia Social en Beneficio de la Comunidad
01 –Coordinación y Gestión de Asistencia Social a la Comunidad
Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno y Control de Gestión.
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.