Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13195/19
Quilmes, 11/06/2019
VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº Expediente 4091-5902-S-19 ha sancionado la Ordenanza Nº 13195/19 en la Sesión Ordinaria del día 28 de Mayo de 2019, que dice:
VISTO El Expediente Nº 4091-5902-S-19. Ref.: Reformar el sentido de circulación de varias arterias y prohibiciòn de estacionamiento, como consecuencia de la obra del Corredor Metrobus Quilmes que se lleva a cabo a todo lo largo de la Avenida Calchaqui/Los Quilmes, y
CONSIDERANDO:
Que la Avenida Calchaqui/Los Quilmes resulta una vía de acceso de vital importancia para la conexión entre los Municipio de Berazategui, Florencio Varela, Quilmes y Avellaneda, siendo además uno de los principales accesos a nuestra Ciudad, por lo que posee un gran caudal de tránsito particular, como así tambièn de transporte público de pasajeros;
Que, asimismo, en dicha arteria se esta llevando a cabo la principal obra de infraestructura de transporte público automotor del Distrito en décadas como es la del Corredor Metrobus Quilmes, que mejorará notablemente el viaje para más de 140.000 pasajeros, y redundará en un beneficio para toda la zona;
Que ello generará un cambio en las características que adquirirá el lugar, un aumento en el caudal de vehìculos y peatones que transitarán, lo que conlleva la necesidad de realizar cambios a fin de garantizar adecuadamente la seguridad vial;
Que, en consecuencia, corresponde tomar las medidas correspondientes para facilitar el tránsito en las arterias aledañas a la Avenida Calchaquì/Los Quilmes;
Que resultan de aplicación la Ley Nacional Nº 24.449 (de Tránsito) adherida por la Provincia de Buenos Aires mediante Ley Nº 13927/09 y su Decreto Reglamentario Nº 532/09, y el Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires);
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 13195/19
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1º: OTORGUESE sentido único de circulaciòn a la calle Irala entre la calle Urrestarazú y la Avenida Calchaquì, el que será de Este a Oeste.
ARTICULO 2º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Sarratea entre la calle Elustondo y la Avenida Calchaquì, el que será de Oeste a Este.
ARTICULO 3º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle 330 Bis entre la calle Urrestarazú y la Avenida Calchaquì, el que será de Este a Oeste.
ARTICULO 4º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Lafinur entre la calle Elustondo y la Avenida Calchaquì, el que será de Este a Oeste.
ARTICULO 5º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Esquiú entre la calle Elustondo y la Avenida Calchaquì, el que serà de Oeste a Este.
ARTICULO 6º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Andrade entre la calle Urrestarazú y la Avenida Calchaqui, el que será de Este a Oeste.
ARTICULO 7º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Dr. Luis Agote entre la calle Elustondo y a la Avenida Calchaquì, el que será de Oeste a Este.
ARTICULO 8º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Dr. Pacífico Diaz entre la calle Urrestarazú y la Avenida Calchaquí, el que será de Este a Oeste.-
ARTICULO 9º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Bolivia entre la calle Elustondo y la Avenida Calchaqui, el que será de Oeste a Este.
ARTICULO 10º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Luisa Bertana entre la calle Argentino Roca y la Avenida Calchaquì, el que será de Este a Oeste.-
ARTICULO 11º: OTORGUESE sentido ùnico de circulación a la calle Namuncurá entre la calle Elustondo y la Avenida Calchaquì, el que serà de de Oeste a Este.-
ARTICULO 12º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Panamà entre la calle Unamuno y la Avenida Calchaquí, el que será de Oeste a Este.
ARTICULO 13º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Costa Rica entre la calle Elustondo y la Avenida Calchaqui, el que será de Este a Oeste.-
ARTICULO 14º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Florida entre la calle Elustondo y la Avenida Calchaquí, el que será de Oeste a Este.-
ARTICULO 15º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Elustondo entre las calles Florida y Triunvirato, el que será de Sur a Norte.
ARTICULO 16º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Argentino Roca entre la calle Luisa Bertana y la Av. República de Francia, el que será de Norte Sur.
ARTICULO 17º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Urrestarazú entre las calles Ricardo Balbin y Craviotto, el que será de Norte a Sur.
ARTICULO 18º: OTORGUESE sentido único de circulación a la calle Urrestarazú entre las calles Craviotto y Dr. Pacifico Diaz, el que será de Sur a Norte.
ARTICULO 19º: OTORGUESE doble sentido de circulación a la calle Urrestarazú entre las calles Dr. Pacìfico Díaz e Ingeniero Butty, el que será de Norte a Sur y viceversa.
ARTICULO 20º: El Departamento Ejecutivo, a través de la dependencia competente, procederá a la correcta señalización de los sectores mencionados precedentemente.
ARTICULO 21º: DEROGUESE toda Ordenanza y/o Disposición que se oponga a la presente.
ARTICULO 22º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.
Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º: PROMULGASE la Ordenanza Nº 13195/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 28 de Mayo de 2019.-
ARTICULO 2º: DESE al Registro General, Publíquese y ARHIVESE.-
DR.IGNACIO C. ALBERTO MARTINIANO MOLINA
SECRETARIO LEGAL Y TECNICO INTENDENTE
DECRETO Nº 1484/19.-