Boletines/Vicente López
Decreto Nº 2174/19
Vicente López, 22/05/2019
CORRESPONDE A EXPEDIENTE N°4119-005360/2018
Visto
que en el segundo llamado a Licitación Privada N° 53 dispuesto por Decreto Nro. 1138/19 para la "ADQUISICION DE ESPECIALIDADES MEDICINALES con destino a cubrir las necesidades del año 2019 de los diversos efectores, dependientes de la Secretaria de Salud" se ha presentado un único oferente, conforme Acta de apertura obrante a fs. 5836/7, y
Considerando
Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 5882.
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LÓPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:
DECRETA
ARTICULO 1°: ADJUDICASE a la firma MAX PHARMA S.R.L., por un monto total de Pesos un millón cuatrocientos ochenta y cinco mil doscientos setenta y nueve con cincuenta centavos ($1.485.279,50), la "ADQUISICION DE ESPECIALIDADES MEDICINALES con destino a cubrir las necesidades del año 2019 de los diversos efectores, dependientes de la Secretaria de Salud", en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Art.156 inc. 5 de la L.O.M., al PIiego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 5882.
ARTÍCULO 2°: La suma de Pesos un millón cuatrocientos ochenta y cinco mil doscientos setenta y nueve con cincuenta centavos ($1.485.279,50), se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos Nros. 1-284 y 1-3212, obrantes a fs. 4333/4378 y 5860 respectivamente.
ARTÍCULO 3°: La firma adjudicataria deberá presentar en la Dirección de Tesorería, en concepto de garantía de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la adjudicación, conforme lo establece el artículo 18 de¡ Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 4°: Refrenden el presente Decreto los Sres. Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 5°: Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral, de Contaduría, Dirección de Tesorería y Dirección de Compras y Licitaciones) y de Salud.
ARTICULO 6°: Dése al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.
Fdo: Macri- Tejo- Alvarez