Boletines/Vicente López
Decreto Nº 2074/19
Vicente López, 15/05/2019
Visto
el Convenio suscripto entre Ia Municipalidad de Vicente López y Ia Provincia de Buenos Aires a traves del cual se acuerda Ia adhesión de esta Comuna a Ia implementación de Ia Red Pública de Salud AMBA en el primer nivel de atención; y
Considerando
Que dicho plan tiene como finalidad organizar y desarrollar actividades y servicios para mejorar Ia salud de Ia población en el primer nivel de atención (a través de las Unidades de Atención Primaria - UAPS-), entre ellos los procesos de promoción, prevención y atención sanitaria, y las estrategias de abordaje de los deterrninantes sociales de Ia salud mediante una metodologia de gestión participativa que incluye a Ia comunidad; conformando una red de cuidados progresivos integrales por niveles de complejidad, con estándares compartidos en toda Ia red, para lograr mayor disponibilidad, acceso, aceptabilidad, calidad y participación social;
Que en razón del mismo, se considera pertinente Ia implementación de un adicional especifico para el personal de Planta Permanente de Ia Ordenanza 34394; que se desempeñe en el marco de dicho Programa; con tareas de Enfermeros Auxiliares, Enfermeros Profesionales y Licenciados en Enfermeria;
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de sus atribuciones,
DECRETA
ARTICULO 1°.- Crease a partir del 01 de Mayo de 2019 Ia "Bonificación Enfermeros UAPS", de carácter remunerativo, por un haber bruto mensual de $ 5.545,06, destinada a todos aquellos agentes de planta permanente de Ia Ordenanza 34394 que cumplan tareas de Enfermeros Auxiliares, Enfermeros Profesionales y Licenciados en Enfermeria en las Unidades de Atención Primaria de esta Comuna y que se desempeñen en el marco de Ia Red Pública de Salud AMBA en el primer nivel de atención.-
ARTICULO 2°.- Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Recursos Humanos. -
ARTICULO 3°.- Tome conocimiento Ia SecretarIa de Recursos Humanos- Dirección de Empleos- Dirección de Compensaciones y Beneficios. -
ARTICULO 4°.- Dese al Registro Municipal de Decretos, cúmplase y hágase saber y oportunamente archIvese.-
Fdo: Macri- Szlapak