Boletines/Pilar

Decreto Nº2763/17

Decreto Nº 2763/17

Pilar, 26/07/2017

Corresponde al Expediente N° 6778/2017

 Pilar,

Visto

La necesidad de contar con un Laboratorio de Análisis Ambientales en La Municipalidad de Pilar y que se ha iniciado el tramite para su habilitación provincial ante el Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable (Autoridad de Aplicación).

Considerando

Que a tal fin es necesario dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución OPDS 41/14 Y sus anexos, siendo uno de los requisitos mínimos para la habilitación de los Laboratorios de Análisis Industriales contar con profesional, técnico, idóneo con instrucción secundaria completa, responsable de la ejecución de los procedimientos de toma de muestras, en cantidad acorde a los servicios ofrecidos, quienes deberán acreditar dicha competencia ante la Autoridad de Aplicación.

Que a efectos de dar cumplimiento a estos requerimientos, el personal debe recibir la capacitación brindada por alguno de los organismos habilitados por la autoridad de aplicación (OPDS). Uno de los organismos capacitadores es CALIBA-IRAM.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente de este Municipio

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1°. = Autorícese al agente Güimil María Cecilia, DNI 24.341.052 Legajo N° 20366 a percibir la suma de pesos $ 9.200 en carácter de “Cargo a Rendir”. Impútese el gasto de Jurisdicción 1.1.1.01.14.000, Categoría Programática, 59, Objeto del gasto 3.4.5, Fuente de Financiamiento 1.1.0

ARTICULO 2°. = Otórguese el plazo de 48 horas, posteriores a la efectivización de la suma asignada, para rendir los fondos.

ARTICULO 3°. = El cargo a rendir será utilizado para el pago del “Curso de Capacitación para Tomadores de Muestras Ambientales”, brindado por la Cámara Argentina de Laboratorios Independientes Bromatológicos, Ambientales y Afines (CALIBA). Al cual asistirán la Sra. Miriam Noemí Meretta, DNI N° 18.115.565, (Legajo N° 10042) y al Sr. Ariel Jesús Caminata, DNI N° 26.071.765, (Legajo N° 17990), en su carácter de Inspectores de la Dirección de Fiscalizacion, Control y Habilitaciones Ambientales.

ARTICULO 4º. = Dese el pase al Registro Municipal, pase a la Dirección de Contaduría, Secretaría de Economía y Hacienda, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.