Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº359/18

Decreto Nº 359/18

Coronel Rosales, 24/09/2018

Visto

El expte. D-263/18 que contiene el Pliego de Bases y Condiciones instrumentado para el llamado a LICITACIÓN PÚBLICA N°02/18 para el derecho de Ocupación y Explotación del Parador "La Barraca", en la localidad de Pehuen-Có promovido por la Secretaría Gobierno, y

Considerando

Que deviene necesario propender a la puesta en valor del parador ubicado en Av. González Martínez conocido como "La Barraca" en el balneario Pehuen- Có.

Que la ante dicha puesta en valor deberá correr por cuenta de quien resulte adjudicatario o concesionario conforme el pliego antes referido

Que a tal efecto debe procederse al dictado de la norma respectiva;

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades                                                                                                                                                                                                                                                                                DECRETA

ARTICULO 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones que forma parte del expte. D-263/18 instrumentado para el Llamado a Licitación Pública N° 02/18, por la Secretaría de Gobierno, que forma parte del expediente.-

ARTICULO 2°.- Llámase a Licitación Pública N° 02/18, para el derecho de Ocupación y Explotación del Parador "La Barraca", en la localidad de Pehuen-Có,-

ARTICULO 3°.- Las propuestas deberán ajustarse en un todo a lo establecido en el  Pliego de Bases y Condiciones y ser presentadas en Mesa de Entradas, en sobres cerrados, lacrados y firmados en el cierre, personalmente o por correo, con la inscripción correspondiente, las que serán abiertas en la Sala de Conferencias de la Municipalidad el día 06 de noviembre de 2018, a las 11:00 horas en presencia de los interesados y autoridades correspondientes.-

ARTÍCULO 4°.- Fíjase el valor del Pliego de Bases y Condiciones en la suma de   PESOS MIL QUINIENTOS ($ 1.500), cuya venta se efectuará en la Oficina de Recaudación.-

ARTICULO 5°.- El presente decreto será refrendado por la Srta. Secretaria de Gobierno.-

ARTICULO 6°.- Regístrese.- Publíquense edictos por el término de dos (2) días en el Boletín Oficial y Diario La Nueva Provincia de la Ciudad de Bahía Blanca.- Tomen conocimiento las Secretarías de Economía y de Obras y Servicios, la Subdirección de Asuntos Legales y la Contaduría General.- Hecho, resérvese en Secretaría General.-