Boletines/Chascomús
Resolución Nº 169/19
Chascomús, 15/05/2019
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-132909/R caratulado “RAMIREZ MONJA, Domingo Gustavo c/ TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A.” iniciado por la Oficina Municipal de Información al Consumidor –OMIC-; y
Considerando
Que con fecha 19.02.19 en el marco de la IPP Nº 03-01-000117-19/00 iniciada por la denuncia que efectuara el Sr. Sebastián Errecart –cónyuge de la Directora de Asuntos Legales María Soledad Vallejo-, el Sr. Juez de Garantías del Juzgado Nº 6 descentralizado de Villa Gesell resolvió imponer al Sr. Domingo Gustavo Ramírez Monja la prohibición de acercarse a una distancia menor a los doscientos metros del domicilio del denunciante y de la suscripta como así también prohibir acercarse a una distancia menor a los doscientos metros de la persona de Sebastián Errecart y su grupo familiar conviviente en cualquier lugar que éstos se encuentren (v. fs. 47/48).
Que la denuncia se efectúa por las amenazas que el Sr. Ramírez Monja le ha proferido al Sr. Errecart.
Que la Ordenanza General 267/80 establece en el artículo 6 que “…Son causales obligatorias de excusación para los funcionarios o empleados que tengan facultad de decisión o que sea su misión asesorar o dictaminar: a) tener parentesco con el interesado, por consanguinidad dentro del cuarto grado o por afinidad dentro del segundo grado, b) Tener interés en el asunto o amistad o enemistad manifiesta con el actuante. El funcionario que resolviera excusarse deberá elevar las actuaciones al superior jerárquico, quien considerará su procedencia o improcedencia. En el primer caso designará el funcionario sustituto o resolverá por sí. En el segundo, devolverá las actuaciones al inferior para que continúe entendiendo. En ambos casos la decisión causará ejecutoria.”
Que resultando el marido de la Directora de Asuntos Legales víctima de amenazas en más de una oportunidad por parte del recurrente la Dra. Vallejo se encuentro comprendida dentro de los motivos previstos por la Ordenanza General 267/80 para excusarse de intervenir en éstas actuaciones, habiéndolo así peticionado.-
Que en virtud de lo expuesto, el Sr. Secretario de Gobierno (Juan Facundo Alfonsín) en uso de sus facultades dicta la siguiente
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Acéptese la excusación de la Dra. María Soledad VALLEJO, Directora de Asuntos Legales, para intervenir en el Expediente Administrativo Nº 4030-132909/R y en cualquier actuación administrativa en que intervenga el Sr. Domingo Gustavo Ramírez Monja de conformidad con lo dispuesto en el art. 6º de la Ordenanza General 267/80.-
ARTICULO 2º.- Desígnese para dictaminar en estos obrados al Dr. Germán Altamirano, Asesor Letrado de ésta Municipalidad.
ARTICULO 3º.- Notifiquese a Secretaría Privada, Dirección de Asuntos Legales y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-