Boletines/Chascomús
Decreto Nº 413/19
Chascomús, 16/05/2019
DEJAR SIN EFECTO DESIGNACIÓN POR DECRETO Nº 1 PESOA MARTIN
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-142842/M caratulado “Presentación Círculo Médico de Chascomús”; y
Considerando
Que a fs. 1 con fecha 16/04/19 se presenta el Dr. Marcelo R. Giacobone en su carácter de presidente del Círculo Médico de Chascomús informando que la entidad que preside detectó por intermedio de FEMEBA una irregularidad en la facturación de honorarios médicos de IOMA.
Expresa que tal irregularidad constatada y efectuada por el Dr. Martín Pesoa, quien ejerce funciones en el municipio de Chascomús, consistiría en la facturación de honorarios médicos de IOMA durante 10 meses del año 2018 a través de la Agremiación Médica Platense quien a su vez debita a FEMEBA dichos honorarios por atenciones de consultorio a afiliados de nuestro padrón de IOMA Chascomús.
Continúa diciendo que la mencionada facturación “…influye negativamente en la cápita que le es otorgada al CÍRCULO MÉDICO DE CHASCOMÚS para el pago de honorarios y perjudica directamente el valor del honorario del médico local.”, y que efectuado “…el sumario administrativo correspondiente en nuestra entidad ante ESCRIBANO Y REPRESENTANTES DE LA AUDITORÍA DE FEMEBA se comprobó la falsedad de las consultas médicas facturadas en una muestra significativa”.
Finaliza la presentación dejando constancia que la documentación pertinente fue remitida por parte de FEMEBA a IOMA y a la Agremiación Médica Platense para su análisis.
Que con la nota referida se ordena la formación de expediente administrativo (con fecha 26/04/19), y con fecha 29/04/19 se notifica al Dr. Pesoa para que en un plazo de 10 días hábiles brinde las explicaciones que estime corresponder.
Que vencido el plazo sin que el Dr. Pesoa haya efectuado presentación alguna el Sr. Secretario de Gobierno gira las actuaciones a la Dirección de Asuntos Legales desde donde se cita al Dr. Giacobone a prestar declaración testimonial.
Que a fs. 9 luce el acta de declaración del Presidente del Círculo Médico de Chascomús, Dr. Giacobone, quien expresa que “nosotros nos enteramos por ser fuera de Chascomús las irregularidades administrativas…no se hizo denuncia penal….hubo una investigación en FEMEBA donde se detectaron irregularidades, se hizo una auditoría con los afiliados que fueron facturadas a través de la Agremiación Médica Platense atendidos fuera de Chascomús y al encontrarse irregularidades se puso en conocimiento de FEMEBA quien determinó el procedimiento a seguir….formalmente no hay resolución ni de Agremiación ni de IOMA …en el Colegio no, porque hay que esperar que haya alguna resolución o dictamen”.
Que a fs. 10 obra fotocopia de la nota fechada el 30/04/19 dirigida por FEMEBA al Círculo Médico de Chascomús que fuera entregara al momento de prestar declaración testimonial por Dr. Giacobone ante la Dirección de Asuntos Legales con fecha 15.05.19.
Que de la nota referida surge que FEMEBA informa al Presidente del Círculo Médico de Chascomús que “…en respuesta a su solicitud de información respecto a la detección de presuntas irregularidades relativas a la conducta prestacional del Dr. Martín Pezoa, M.P.: 115.689, quien presenta facturación por clearing por atención de afiliados del Círculo Médico de Chascomús. El citado profesional forma parte del listado de médicos de la Agremiación Médica Platense. Por ello notificamos a esa entidad lo detectado y le solicitamos que proceda a la investigación correspondiente para la dilucidación de los presuntos actos irregulares. Además les requerimos que nos mantengan informados sobre el correcto avance y esclarecimiento de la cuestión y que, de comprobarse fehacientemente la comisión de tales actos, se proceda a tomar las medidas sancionatorias correspondientes. Por otro lado le comunicamos al IOMA que la Auditoría Médica de esta FEMEBA ha detectado irregularidades en el comportamiento prestacional del profesional, debido a que es el IOMA el que descuenta los honorarios facturados por el Dr. Pezoa de la cápita de los prestadores pertenecientes al Círculo Médico de Chascomús…”
Que de la transcripción efectuada surge que a los fines de evaluar si corresponde el inicio de un sumario administrativo, ya que el conjunto de atribuciones legales y reglamentarias que configura el régimen disciplinario, tiene por objeto la verificación de faltas o infracciones cometidas por los integrantes de la Administración Pública Municipal en ejercicio de funciones administrativas y no cuando los hechos suceden fuera del ámbito del cumplimiento de sus funciones, deberá recabarse información fehaciente sobre el estado de la investigación, y si existe resolución alguna tomada por IOMA y/o la Agremiación Médica Platense.
Que visto todo ello, siendo que el Dr. Pesoa fue designado por Decreto 1/19 como Director Asociado del Hospital Municipal San Vicente de Paul desde el 01/01/19 hasta el 10/12/19 o hasta que el Departamento Ejecutivo lo determine, siendo uniforme la jurisprudencia en sostener que “…tales nombramientos se mantienen mientras el órgano que los ha designado no resuelva, en decisión primordialmente discrecional, separarlos del cargo…” (conf. doct. S.C.B.A. causas B. 51.828 “Trucco”, sent. del 27-04-1993; B. 55.867 “Lamacchia”, sent. del 5-11-2003; B. 61.553, “Díaz”, sent. del 10-08-2005; B. 59.084 “Ramos”, sent. del 14-09-2005; causa B. 62.513, “G., A.I.”, sent. del 22-11-2008), éste D.E. decide la suspensión de su designación como Director Asociado hasta tanto se diluciden los hechos denunciados por el Círculo Médico de Chascomús.
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Déjese sin efecto la designación efectuada por Decreto Nº1/19 como Director Asociado del Hospital Municipal respecto del Dr. Martín Julián Pesoa, DNI Nº 27.598.181, Legajo 9405 de conformidad con lo expuesto en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Salud, Subsecretaría de Capital Humano, Liquidaciones, Hospital Municipal San Vicente de Paul y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-