Boletines/Chascomús
Ordenanza Nº 5354/19
Chascomús, 09/05/2019
VISTO:
La necesidad de contar con espacios recreativos y de esparcimiento durante todo el año sobre el circuito costanero donde se priorice el tránsito peatonal, la actividad física y deportiva para nuestra comunidad y para los que nos visiten; y
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con la ordenanza Nº5211/2017 la cual autoriza el cierre del tránsito vehicular del paseo costanero denominado “Manuel A. Fresco” en la totalidad de su recorrido, ubicado en la Costanera España desde la calle Corrientes hasta la calle Colón.
Que en dicha normativa se estipula el cierre en el período del 1º de Diciembre hasta el 30 de Abril de cada año
Que actualmente se encuentra vencido el plazo fijado en la Ordenanza Nº5211/17 que autoriza el cierre del tránsito vehicular del paseo costanero en la totalidad de su recorrido.
Que es importante para el desarrollo del esparcimiento en forma segura durante todo el año.
Que es una acción que favorece la peatonalización de los espacios de recreación y esparcimiento.
Que nuestra comunidad y los que nos visitan eligen la realización de actividades físicas y recreativas en la ribera de nuestra laguna en busca de una mejor calidad de vida.
Que los turistas y visitantes a nuestra ciudad resaltan las cualidades naturales, ambientales y paisajísticas de nuestra laguna.
Que es importante desarrollar circuitos públicos, con la infraestructura necesaria, para generar ventajas comparativas para que Chascomús logre consolidarse como destino turístico con estos productos.
Que es muy utilizado también como medidas preventivas para las enfermedades coronarias y las problemáticas asociadas con el sedentarismo y el stress de la vida cotidiana moderna.
Que es necesaria la modificación del plazo estipulado en la Ordenanza Nº5211/17 para la continuidad del proyecto, siendo ésta exclusiva competencia del Honorable Concejo Deliberante.
Que esta propuesta se encuentra enmarcada dentro del plan de desarrollo local para nuestra ciudad y fuera acompañado por todas las fuerzas políticas representadas en el Concejo Deliberante.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Prohíbase el tránsito vehicular del paseo costanero denominado “Manuel A. Fresco” en la totalidad de su recorrido, ubicado en la Costanera España desde la calle Corrientes hasta la calle Colón durante todo el año.-
ARTICULO 2º.- Establézcase el corte de tránsito vehicular correspondiente, con la asistencia de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.-
ARTICULO 3º.- Colóquese la señalización correspondiente en la zona determinada.-
ARTICULO 4º.- De forma.-