Boletines/Chascomús
Decreto Nº 387/19
Chascomús, 13/05/2019
DEROGAR DECRETO 168/19
Visto
El Expediente Administrativo N° 4030-140904/M sobre “Estancia la Alameda – Incremento del canon”, el Decreto 168/19; y
Considerando
Que a fs, 48 de las citadas actuaciones se presenta el Sr. Gustavo Cánepa acreditando la representación de Estancia La Alameda S.A., interponiendo recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio contra el Decreto 168/19 –notificado el 01.03.19- mediante el cual se resolvió actualizar el valor del canon correspondiente al Contrato de Concesión celebrado para la explotación de la unidad turística Estancia La Alameda, solicitando se revoque el mismo.
Sostiene que en el contrato de concesión se estableció un canon y que le mismo no tiene cláusula de actualización. A su vez expresa que en el mes de Marzo de 2015 se celebró un Acta Acuerdo entre la Municipalidad y su representada en donde se actualiza el canon desde esa fecha hasta la finalización de la mención a la legislación nacional que impedía las actualizaciones monetarias.
Expresa también que ha dado cabal cumplimiento a los compromisos asumidos.
Finalmente plantea que le causa agravio que unilateral y arbitrariamente se pretenda desconocer lo convenido y no solo actualizar el canon sino además hacerlo con carácter retroactivo a Febrero del año 2014, estableciéndose en el art. 3º del Decreto 168/19 que el aumento será aplicable a períodos venideros.
Fundamenta sus agravios en la relación bilateral que une a la Municipalidad con su representada, alegando que la decisión de un aumento de canon “…no pudo ser tenida en cuenta por su parte al iniciarse la relación y que la misma altera el contrato y las condiciones de explotación de la misma.”
Por su parte, a fs. 53 del expediente administrativo se agrega nota presentada con fecha 17.04.19 por el Sr. Gustavo Cánepa en representación de Estancia La Alameda S.A. mediante la cual propone abonar en concepto de canon por la explotación de la unidad turística Estancia La Alameda el importe de PESOS DOCE MIL ($12.000) a partir del mes de Mayo del corriente año, y para evitar futuras desactualizadas acepta “el criterio sugerido por la actual administración (traducir el valor del canon en módulos relacionados con el haber municipal) que regirá hasta terminar la concesión, y el periodo de prorroga”.
A fs. 54 deja constancia la Directora de Turismo de la aceptación de la propuesta del concesionario.
En consecuencia de lo expresado por el representante de la firma concesionaria se desprende que se ha tornado abstracto el tratamiento del recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio interpuesto, sin perjuicio de lo cual corresponde dejar sin efecto el Decreto 168/19 procediéndose a la suscripción de un Acta Acuerdo mediante el cual se fije el incremento del canon hasta la finalización del contrato de concesión.
Respecto de mantener dicho valor en módulos municipales por el periodo de prórroga del contrato de concesión que pudiere actualizarse oportunamente, corresponde hacer saber al concesionario que actualmente se encuentra vigente la Ordenanza Nº4986/16, por lo que la determinación del valor de canon por la explotación de la unidad turística Estancia La Alameda deberá ser evaluada en su oportunidad a la luz de dichas disposiciones.
Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que corresponde declarar abstracto el tratamiento del recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio interpuesto por el concesionario Estancia La Alameda S.A., y atento su presentación, dejar sin efecto el Decreto 168/19.
A los fines de aceptar la propuesta de incremento del canon deberá suscribirse un Acta Acuerdo mediante la cual se fija por la explotación de la unidad turística Estancia La Alameda en la suma de PESOS DOCE MIL ($12.000) a partir del mes de Mayo del corriente, estableciéndose para evitar futuras desactualizaciones que el mismo será el equivalente a Noventa (90) módulos municipales mensuales hasta la finalización del contrato de concesión.
Por ello el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Deróguese el Decreto 168/19 por las consideraciones.-
ARTICULO 2º.- Procédase a la suscripción de un Acta Acuerdo autorizándose a su firma al Señor Secretario de Planificación y Turismo mediante el cual se fije el canon por la explotación de la unidad turística Estancia La Alameda en la suma de Pesos Doce Mil ($12.000) a partir del mes de Mayo del corriente, estableciéndose, para evitar facturas desactualizadas, que el mismo será el equivalente a Noventa (90) módulos municipales mensuales hasta la finalización del contrato de concesión.-
ARTICULO 3º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Planificación y Turismo, Ingresos Públicos, Contaduría, concesionario y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-