Boletines/Chascomús
Decreto Nº 368/19
Chascomús, 07/05/2019
SUBSIDIO
Visto
El Expediente Administrativo N°4030-140703/M caratulado: “Solicitud de subsidio para solventar gastos de comedores” iniciado por el Movimiento Cristiano y Misionero Chascomús, el Decreto 95/2018; y
Considerando
Que la Iglesia “Cristo Responde”, mediante nota adjunta a fs. 1 y suscripta por el responsable de la misma, Pastor Emilio Zuloaga, peticiona un subsidio para solventar gastos del comedor que funciona donde se encuentra emplazada la entidad, sita en calles Garay y Grito de Dolores, de esta ciudad.
Que la mencionada es una entidad de bien público, registrada en el municipio bajo el legajo R-00-11.
Que mediante el Decreto 95/18 se otorgó un subsidio por el año 2018 para la compra de alimentos del comedor comunitario; constando asimismo, antecedentes de años anteriores para el mismo fin (Decretos 199/16, 95/18).
Que la Institución, atiende a familias de todos los barrios en situación de vulnerabilidad, priorizando la atención de niños y madres; teniendo mayor volumen de asistencia en el barrio “El Hueco”.
Que el marco de la Ley de Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, Niñas, y Adolescentes, permite pensar en priorizar el derecho básico a la alimentación.
Que los Sres. Secretarios de Desarrollo Social y Hacienda, consideran conveniente otorgar el subsidio peticionado durante el año 2019.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Otórguese subsidio a la entidad Movimiento Cristiano y Misionero de Chascomús, autorizándose a su percepción al responsable de la misma, Pastor Emilio ZULOAGA, DNI Nº 4.139.594, a los fines de afrontar parte de los gastos de compra de alimentos para el comedor comunitario de la Iglesia Evangélica Cristo Responde, por las condiciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2º.- El monto del subsidio otorgado es de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL ($48.000) pagaderos de forma mensual en cuotas de PESOS CUATRO MIL ($4.000) cada una correspondiente a los meses de enero a diciembre de 2019 sin cargo de reintegro y con obligación de rendición de cuentas.-
ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, impútese a la Jurisdicción 11101113000, Categoría Programática 30.02.00, Partida de Gasto 5.1.7.-
ARTICULO 4º.- Notifíquese a Secretaria Privada, Contaduría, Tesorería,Relaciones Institucionales, y Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Señora Secretaria de Desarrollo Social (Fernanda Sallenave).-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-