Boletines/Chascomús
Decreto Nº 354/19
Chascomús, 03/05/2019
PASE A COMISIÓN
Visto
La solicitud presentada el 16 de Abril de 2019 por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante de Chascomús, Lic. Osvaldo J. CASALINS pidiendo el pase en comisión de la Sra. Lucía TEJO, D.N.I. N° 27144592, Legajo N° 7833; y
Considerando
Que es necesario garantizar el funcionamiento de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante de Chascomús.-
Que la Presidencia necesita una empleada para cumplir tareas profesionales relacionadas con la arquitectura.-
Que el agente TEJO reúne los requisitos de capacidad e idoneidad para cumplir las funciones requeridas por el Sr. Presidente del Honorable Concejo Deliberante de Chascomús.-
Que el artículo 8° de la Ley 14.656 establece que podrá disponerse el pase del trabajador dentro de la repartición o dependencia donde preste servicios o a otra repartición o dependencia.-
Que la Ley 14.656, nada dice respecto del plazo, sin perjuicio de ello parece razonable establecer uno.-
Que agente municipal TEJO Lucía prestó su conformidad con el pase en comisión a la Presidencia del Departamento Deliberante de Chascomús.-
Que el Presidente del Honorable Concejo Deliberante ha evaluado satisfactoriamente el trabajo realizado por la agente municipal Lucía TEJO.-
Que se debe dictar el acto administrativo correspondiente.-
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Deléguese en pase a comisión a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante de Chascomús a la agente Lucía TEJO, D.N.I. N° 27.144.592, Legajo N° 7833, hasta el 10 de Diciembre de 2019, por los considerandos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Notifíquese a la Dirección de Recursos Humanos, Secretaría Privada, Secretaría de Planificación y Turismo, agente y al Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-