Boletines/Bolivar
Decreto Nº 404
Bolivar, 27/02/2019
Visto
El Expediente N° 4013-177/19 por el cual se propicia el llamado a la Licitación Privada para el armado de sonido e iluminación para el Festival "Me Encanta Bolívar 2019"y;
Considerando
Que por Decreto Nº 324/2019 se aprobó el llamado a la Licitación Privada Nº 5 para el armado de sonido e iluminación para el Festival "Me Encanta Bolívar 2019"con un presupuesto oficial depesosDos millones cincuenta mil con 00/100 ($2.050.000,00);
Que se han cursado cuatro (4) invitaciones a comerciantes del ramo inscriptos en el Registro de Proveedores, a las firmas: DELIGIO PABLO GUSTAVO, MUTTO PABLO RAMON, ONTIVERO JUAN FABIAN y BAENA MARCOS FABRICIO;
Que se recibieron tres (3) ofertas válidas según surge del Acta de Apertura del día 26 de Febrero de 2019; de los proveedoresDELIGIO PABLO GUSTAVO, MUTTO PABLO RAMON y ONTIVERO JUAN FABIAN;
Que analizadas las ofertas elevadas a tal efecto y teniendo en cuenta el informe emanado de la Oficina de Compras, es conveniente adjudicar a la propuesta presentada por la firmaDELIGIO PABLO GUSTAVOpor la suma de pesos Dos millones treinta mil con 00/100 ($2.030.000,00);
Que en consecuencia, corresponde rechazar las ofertas correspondientes a los proveedores MUTTO PABLO RAMON y ONTIVERO JUAN FABIANpor ser menos convenientes al interés fiscal del Municipio;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 154° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Aprobar la Licitación Privada Nº 5/2019 llevada a cabo el día 26 de Febrero de 2019, parael armado de sonido e iluminación para el Festival "Me Encanta Bolívar 2019".
Artículo 2º: Declarar admisibles las propuestas presentadas por los proveedores por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 3º:Desestimar las ofertas correspondientes a por no resultar convenientes al interés fiscal.
Artículo 4º: Adjudicar ala firma DELIGIO PABLO GUSTAVO por la suma de pesos por resultar la oferta más conveniente al interés fiscal y ajustada al Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 5º: El gasto que demande el artículo 1° será atendido con cargo a la siguiente partida: Jurisdicción 1110114000 - Secretaría de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte - Programa: 32 - Promoción y Difusión de la Cultura- 01 - Fiestas Populares. Fuente de Financiamiento 110.
Artículo 6º:Notificar al adjudicatario y al resto de los oferentes, con arreglo a lo normado en la Ordenanza General 267/80.
Artículo 7º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Oficina de Compras y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 8°:El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Salud conforme lo dispuesto en el Decreto N° 2613/17.
Artículo 9º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.