Boletines/Bolivar
Decreto Nº 381
Publicado en versión extractada
Bolivar, 21/02/2019
Artículo 3º: Reubíquese en ascenso, a partir del 1º de Febrero de 2019, a la Técnica , para desempeñarse como Personal Técnico, Categoría 4, continuando con un régimen de 48 horas semanales de labor;