Boletines/Bolivar
Decreto Nº 371
Publicado en versión extractada
Bolivar, 21/02/2019
Articulo 1º: Autorizase a Contaduría Municipal a retener de los haberes de la agente, , el embargo decretado en autos en la proporción establecida por la Ley, hasta cubrir la suma de Pesos Seis Mil Setecientos Cincuenta con 00/100 ($ 6.750,00) en concepto de capital, con más la suma de Pesos Tres Mil Quinientos con 00/100 ($3.500) para responder a intereses, costos y costas del juicio;