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Decreto Nº337

Decreto Nº 337

Publicado en versión extractada

Bolivar, 18/02/2019

Artículo 3º: Reubíquese, a partir del 1º de Febrero de 2019, al agente , para desempeñar tareas como Personal de Mensualizado, Categoría 16, con un régimen de 44 horas semanales de labor;