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Decreto Nº292

Decreto Nº 292

Bolivar, 12/02/2019

Visto

El Expediente administrativo  N° 4013-152/19 y el Decreto N° 291/19 del día 11 de Febrero del corriente año y;

Considerando

Que en el marco de dicho Expediente fue firmado el día 21de Enero del corriente un Acta Acuerdo entre la Municipalidad de Bolívar y la “Asociación Cooperadora Escuela de Educación Secundaria Agraria N° 1”;

 

Que el mencionado Acuerdo tiene por objetola adquisición de una bomba sumergible de 5.5 hp del pozo de bombeo, ya que su reemplazo es necesario debido a que la existente dejo de funcionar por obsoleta;

 

Que tal como lo establece la Cláusula Segunda del Convenio, la Municipalidad se compromete a otorgar un subsidio y abrindar apoyo Técnico, Legal, Administrativo, y toda otra que estuviere al alcance del Municipio para la conclusión del fin perseguido;

 

Que es intención del Municipio incentivar, desarrollar y apoyar la actividad educativa que se desarrolle dentro del partido;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 107 de la Ley Orgánica Municipal;

 

Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

 

Artículo 1: Otórgase un subsidioa la “Asociación Cooperadora Escuela de Educación Secundaria Agraria N° 1”, por la suma de Pesos destinado a laadquisición de una bomba sumergible de 5.5 hp del pozo de bombeo.

 

Artículo 2º: La erogación que demande lo establecido en el artículo anterior deberá ser imputada a Jurisdicción 1110102000- Secretaria de Gobierno- 18.00.00 Programa Fortalecimiento a Instituciones- 03- Instituciones Educativas.

 

Artículo 3:El subsidio otorgado se realiza con cargo de rendición de cuentas, de acuerdo con lo normado en el Art. 276 de la Ley Orgánica Municipal y  Art. 131 y cc.del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades.

 

Artículo 4º: Tomen conocimiento Contaduría y Tesorería a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 5º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica conforme lo dispuesto en el Decreto N° 8/18.

 

Artículo 6º: Notifíquese, comuníquese, dése al libro de Decretos y Cumplidos los trámites de estilo, archívese.