Boletines/Bolivar
Decreto Nº 207
Bolivar, 04/02/2019
Visto
El Expediente N° 4013-75/19mediante el cual se propicia el llamado a Concurso de Precios N° 5/2019 para la adquisición de artículos de plomería a efectos de ser utilizados en el Parque Acuático y;
Considerando
Que por Decreto Nº 134 de fecha 22 de Enero de 2019, se aprobó el llamado a Concursos de Precios N° 5/2019 para la adquisición de artículos de plomería a efectos de ser utilizados en el Parque Acuático con un presupuesto oficial de pesos
Que se han cursado tres (3) invitaciones a comerciantes del ramo inscriptos en el Registro de Proveedores, de conformidad a lo establecido en los artículos N° 153 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 189 del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades, a las firmas
Que se recibieron dos (2) ofertas válidas de las firmas y según surge del Acta de Apertura del día 1 de Febrero de 2019;
Que analizadas las ofertas elevadas a tal efecto y teniendo en cuenta el informe emanado de la Oficina de Compras, es conveniente adjudicar a la propuesta presentada por la firma por la suma de Pesos
Que en consecuencia, corresponde rechazar la oferta correspondiente a la firma por ser menos conveniente al interés fiscal;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo N° 154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Apruébese, el Concurso de Precios Nº 5/2019 llevado a cabo el día 1 de Febrero de 2019, para la adquisición de artículos de plomería a efectos de ser utilizados en el Parque Acuático.
Artículo 2°: Declárense admisibles las propuestas presentadas por las firmas , por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 3º:Desestímese la oferta correspondiente a la firma por no resultar conveniente al interés fiscal.
Artículo 4º: Adjudíquese a la firma por la suma de pesos por resultar la oferta más conveniente al interés fiscal y ajustada al Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 5º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a: Jurisdicción: 1110114000- Secretaría de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte- Programa: 36-Obras para el desarrollo humano -86-Parque acuático.Fuente de Financiamiento 110.
Artículo 6º:Notifíquese al adjudicatario y a los restantes oferentes, con arreglo a lo normado en la Ordenanza General N° 267/80.
Artículo 7º:Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 8°: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Salud conforme lo dispuesto en el Decreto N° 2613/17.
Artículo 9º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.