Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 1373/19
General Pueyrredon, 30/05/2019
Visto
el estado de las presentes actuaciones, que se tramitan por Expediente Nº 13058-C-1957, Alcance 3, caratulado: “57 CAPRAROLI ROBERTO – TRASLADO FRUTERIA MATHEU 313”, y
Considerando
Que estas actuaciones han sido dispuestas mediante Resolución Nº 562/2017 de la Secretaría de Gobierno. La que luce agregada a fs.24, a fin de deslindar las responsabilidades del caso, conforme lo establecido en el artículo 132º de la Ordenanza General Nº 267/80, respecto a la pérdida o extravío del expediente Nº 13058-C-1957.
Que en cumplimiento de lo normado en el artículo 131º de la Ordenanza General 267/80, a fs. 1 a 23 constan informes y notas ordenadas por el Señor Director General de inspección General, actuadas por el Departamento Coordinación y Técnico de la Dirección General de inspección General con el objeto de recabar datos sobre la búsqueda del expediente extraviado conforme lo requiera para su posterior reconstrucción.
Que abierta la investigación, a fs.27, la Instrucción Sumarial ordena agregar a estas actuaciones listado de pases internos del expediente extraviado Nº 13058-C-1957, surgiendo del mismo que el último movimiento data del 13/03/2000 con un pase a la Dirección General de Inspección General.
Que asimismo se ordena librar oficio a la Mesa General de Entradas de la Dirección General de Inspección General a fin de que remita copia certificada de la boleta del último pase interno. Apellido, nombre, legajo y dependencia donde presta servicios actualmente el agente emisor receptor.
Que a fs. 34/35 se agrega oficio contestado por el Departamento de Coordinación y Técnico de la Dirección General de Inspección General, informando que según el sistema de consulta de expedientes, el expediente extraviado entró a a Dirección General de Inspección General con fecha 13 de marzo de 2000, y dado el tiempo transcurrido no se encuentra en sus archivos la boleta del último pase interno.
Que a fs. 37/39 se agrega oficio contestado por la División Archivo, adjuntando a estas actuaciones copia de la boleta de giro de expedientes, acreditando el último pase del expediente extraviado de esa División Archivo a la Dirección General de Inspección General con fecha 13/03/2000.
Que a fs. 41 se agrega copia simple de la boleta de giro de expediente indicada mas arriba, extraída directamente de los archivos de la División Archivo del Palacio Municipal, en función a resultar ilegible la remitida por aquella dependencia.
Que a fs. 44/46 se agrega oficio contestado por el Departamento de Coordinación y Técnico de la Dirección General de Inspección General, informando que el agente. Musso Eduardo – Legajo Nº 14099/1 se encuentra de baja por haberse acogido al beneficio de jubilación.
Que a fs.55/58 se agrega oficio contestado por el Departamento de Coordinación y Técnico de la Dirección General de Inspección General, informando que el último pase registrado respecto del expediente extraviado data del 13/03/2000 a la Dirección General de Inspección General, no pudiéndose precisar que agentes han intervenido en el trámite del mismo. Asimismo informa que habiéndose realizado un arqueo de los expedientes que se encontraban en la Dirección General, el expediente extraviado no se encuentra.
Que en razón de lo expresado, no surgiendo de estas actuaciones elementos que permitan demostrar y justificar reproche disciplinario, la Dirección Sumarios aconsejó a fs. 60/61 y 61 vta., el Sobreseimiento Provisorio de las presentes actuaciones, a tenor de lo dispuesto en el Art. 35º inc. c) de la Ley 14656 y art.35º inc. b) ap. 2) del Decreto Pcial 784/16.
Que la Junta de Disciplina a fs. 64, se expide en forma coincidente.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones delegadas mediante Decreto Nº 1500/16,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizado el presente sumario administrativo.
ARTÍCULO 2º.- Sobreseer provisoriamente las presentes actuaciones sumariales, a tenor a lo normado en el Art. 35º Inc. c) de la Ley Provincial 14656 y Art. 103º ap. III) inc. b) del Decreto 4161/96 reglamentario de la Ley 10430, este último por aplicación analógica y los principios generales del derecho, conforme dictamen de la Asesoría General de Gobierno expte. Nº 4061-1008230/16.
ARTÍCULO 3º.- Registrar dar al Boletín Municipal, comunicar por la Dirección de Personal y reservar el presente expediente en la Dirección Sumarios.
Sll/
VICENTE