Resolución Nº1425/19
Resolución Nº 1425/19
General Pueyrredon, 03/06/2019
Visto
el expediente 5813/7/2019, cpo.01, con relacionado con el pedido de autorización por parte de la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO), para la ejecución de trabajos en la vía pública en distintas calles de la ciudad, y
Considerando
Que el Departamento Control Obras de Gas y Electromecánicas a fs. 34, recomienda conceder permiso a la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO) para llevar a cabo los trabajos detallados en los planos de fs. 15, 16 y 36, del presente expediente.
Que de acuerdo a la Ordenanza Impositiva vigente, Cap. IX, Art. 35º, inc. i), la Empresa ha dado cumplimiento al pago del derecho de instalación inicial según Recibo Nº 980008671726 de fs. 37, y al Depósito de Garantía según Recibo Nº 10.059 obrante a fs. 35.
Que se establece el uso obligatorio de cartel de obra y vallas.
Por ello, y en uso de las atribuciones delegadas por el Decreto Nº 1500/16,
creto Nº 1500/16,
EL SECRETARIO DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. - Conceder permiso a la Empresa AMX DE ARGENTINA S.A. (CLARO), de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 886 y Decreto Nº 1452/87, para llevar a cabo los trabajos consistentes en la colocación de 25 (veinticinco) columnas metálicas y tendido de fibra óptica con colocación de cajas troncal, derivación, distribución y acceso en las calles que a continuación se detallan:
- Mario Bravo (mano impar) entre Luís Vernet y Mateotti
- Mateotti (mano par) entre Mario Bravo y Av. Juan B. Justo
- Santiago del Estero (mano impar) entre Av. Juan B. Justo y Quintana
- Quintana (mano par) entre Santiago del Estero y Guido (vías del tren)
- Córdoba (mano par) entre Av. Juan B. Justo y Avellaneda
- Saavedra (mano par) entre Córdoba y San Luís
- San Luís (mano impar) entre Saavedra y Primera Junta
- Primera Junta (mano impar) entre Córdoba y San Luís
- Hipólito Yrigoyen (mano par) entre Larrea y Quintana
- Hipólito Yrigoyen (mano impar) entre Quintana y Avellaneda
- Rodríguez Peña (mano par) entre Bartolomé Mitre y Hipólito Yrigoyen
- General Roca (mano impar) entre Bartolomé Mitre y Hipólito Yrigoyen
- Bartolomé Mitre (mano impar) entre Rodríguez Peña y General Roca
- Avellaneda (mano par) entre Bartolomé Mitre y Hipólito Yrigoyen
- Bartolomé Mitre (mano impar) entre Avellaneda y Alvarado
- Catamarca (mano impar) entre Larrea y Alvarado
- Salta (mano par) entre Almafuerte y Avellaneda
- Almafuerte (mano par) entre Salta y Jujuy
- Jujuy (mano impar) entre Almafuerte y Vieytes
- Vieytes (mano impar) entre Salta y Jujuy
- 20 de Septiembre (mano par) entre Vieytes y Avellaneda
- Avellaneda (mano par) entre 20 de Septiembre y Jujuy
- Dorrego (mano par) entre Laprida y Alvarado
- Laprida (mano impar) entre Dorrego y Guido
- Guido (mano par) entre Laprida y Vieytes
- Vieytes (mano impar) entre Guido y 14 de Julio
- Dean Funes (mano par) entre Almafuerte y Matheu
- Matheu (mano par) entre Dean Funes y Guido (vías del tren)
- Guido (mano par) entre Saavedra y Matheu
- Saavedra (mano par) entre Olazábal y Guido
- Olazábal (mano par) entre Saavedra y Alvarado
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de acuerdo a los planos de fs. 15, 16 y 36 del presente expediente.
ARTÍCULO 2º. - La mencionada Empresa para la ejecución de dichos trabajos deberá ajustarse a los siguientes recaudos:
- Normas Generales: Todas las tareas que se realicen en la vía pública, respetarán las medidas de seguridad estipuladas en el Decreto Nº 911/96 del Poder Ejecutivo Nacional “Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción”. Deberán señalizarse, vallarse o cercarse las áreas de trabajo para evitar que se vea afectada la seguridad de peatones, vehículos y de los trabajadores.
- Señalización: Será de aplicación la Ordenanza Nº 8610 - “Reglamento de señalamiento para desvío y/o advertencia de obras en la vía pública” - y su modificatoria la Ordenanza Nº 12.278. Complementariamente, la Empresa recurrente cumplirá con las siguientes condiciones:
b1) El responsable de los trabajos indicará los sitios a señalar y las características de la señalización a colocar, según las particularidades de la obra. Estos sistemas de señalización (carteles, vallas, balizas, cadenas, sirenas, tarjetas, etc.) se mantendrán, modificarán y adecuarán según la evolución de los trabajos y sus riesgos emergentes.
b2) Las señales visuales serán confeccionadas en forma tal que sean fácilmente visibles a distancia y en las condiciones que se pretenden sean observadas. Se utilizarán leyendas en idioma español, pictogramas, que no ofrezcan dudas en su interpretación y usando colores contrastantes con el fondo.
- Ocupación de veredas y calzadas: Cuando se trabaje en las veredas y calzadas, la tierra y escombros extraídos durante el zanjeo y excavaciones serán depositados en cajones de madera o metal desarmables y con juntas eficientes del largo que se estime conveniente y de un ancho no mayor de un (1) metro. Podrán utilizarse contenedores o bolsas debiendo cumplir con las condiciones de garantizar la circulación de vehículos y/o peatones en el lugar donde se emplacen, procediendo a señalizarlos convenientemente. En veredas se dejarán circulaciones o pasos libres de (1) un metro de ancho contados a partir de la línea municipal, señalizándose con carteles adecuados y colocando una protección (baranda, cerco, etc.), además se dejará libre un (1) metro por cada cinco (5) metros ocupados a los fines de facilitar la circulación de peatones. En las esquinas, cuando se practiquen pozos de ataque para efectuar cruces mediante el uso de tunelera, los mismos deberán estar protegidos mediante un cerco perimetral, debiendo contar con la señalización correspondiente. En todos los casos se garantizará el libre escurrimiento superficial de las aguas de lluvia.
- Zanjas abiertas: Las zanjas efectuadas no podrán permanecer más de 24 horas abiertas, en caso que razones de fuerza mayor, debidamente justificadas, no permitan su tapado dentro de la jornada diaria laboral, deberán ser cubiertas con tapas ciegas, de resistencia suficiente, para permitir el paso de peatones y vehículos y aseguradas para que no puedan ser removidas por agentes extraños o fenómenos atmosféricos.
- Señalamiento Nocturno: Durante la noche deberán colocarse señales reglamentarias que indiquen la realización de los trabajos y el peligro por medio de carteles y balizas con luces rojas de atención e iluminación de los carteles.
- Reparación de veredas: La reparación de las veredas se efectuará, previo compactado mecánico del terreno en capas de 0,20 m, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de concluido el cierre de las zanjas. Se reconstruirá un contrapiso de hormigón de 300 kg/m3 de cemento y 0,10 m de espesor y sobre éste un solado de similares características al existente.
ARTÍCULO 3º. - Otórgase un plazo de ciento (120) días para la terminación total de los trabajos, dejándose establecido que, previo al labrado del Acta de Inicio de Obra y a la iniciación de los trabajos, la Empresa AMX DE ARGENTINA S.A. (CLARO), deberá designar por nota un Representante Técnico indicando un teléfono para tener comunicación con él mismo las veinticuatro (24) horas.
ARTÍCULO 4º.- La Empresa deberá dar cumplimiento a la Resolución Nº 742/13, la cuál establece el uso obligatorio del cartel de obra y vallas, con las características indicadas en Anexos I y II de la misma.
ARTÍCULO 5º. - Dejar expresamente aclarado que la autorización otorgada por la presente, está condicionada al compromiso de la Empresa de efectuar el retiro o traslado de las instalaciones cuando las mismas afecten o restrinjan los derechos de los propietarios frente a cuyos inmuebles se ejecuten las obras o en circunstancias en que así lo exija la Municipalidad, con motivo de trabajos y obras públicas que colisionen con las instalaciones de referencia.
ARTÍCULO 6º. - Fijar en trescientos sesenta (360) días la vigencia de la presente autorización. Si vencido el plazo no se han dado comienzo a los trabajos, la misma caducará automáticamente.
ARTÍCULO 7º. – Regístrese, dése al Boletín Municipal y notifíquese del presente por intermedio del Departamento Control Obras de Gas y Electromecánicas a la Empresa.
GDP/ndd.
DE PAZ