Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 1421/19
General Pueyrredon, 03/06/2019
Visto
el presente actuado por el que se tramita la Contratación Directa Nº 9/19 para la ejecución de la obra “Trabajos varios de reparación en Escuela de Formación Profesional N° 7” y
Considerando
Que en virtud del presupuesto establecido y lo prescripto por los artículos N° 132 y 133° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde realizar el procedimiento de Contratación Directa.
Que a fojas 19/33 obra la documental que como presupuesto legal dispone la Ley Orgánica de las Municipalidades (art. 136 y ccdantes) y Dto. Pcial. 2980/00 para convocar el presente llamado.
Que a fojas 35 se expide la Contaduría Municipal sobre el plexo normativo, introduciendo modificaciones al mismo.
Que conforme Acta de Apertura obrante a fojas 43, se recibieron dos (2) propuestas correspondientes a las Cooperativas de Trabajo SEGUIMOS LUCHANDO LIMITADA y EL CHE LIMITADA.
Que a fojas 79 el Departamento de Certificaciones señala que las dos Cooperativas cumplen con la presentación y que la oferta mas baja es la de la Cooperativa de Trabajo SEGUIMOS LUCHANDO LIMITADA tanto es su Oferta Básica como es su Oferta Alternativa que resultan ser inferior al Presupuesto Oficial en un 0,02 % y 0,07 % respectivamente.
Que a fojas 80 la Dirección de Obras Públicas aconseja adjudicar a la Cooperativa de Trabajo SEGUIMOS LUCHANDO LIMITADA en su Oferta Alternativa con Anticipo Financiero del 15%, ascendiendo la misma a PESOS SEISCIENTOS DOS MIL NOVENTA Y OCHO CON 80/100 ($ 602.098,80.-), la cual es un 0,02 % inferior al Presupuesto Oficial.
Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Obras Públicas, la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano considera conveniente adjudicar a la Cooperativa de Trabajo SEGUIMOS LUCHANDO LIMITADA en su Oferta Alternativa de PESOS SEISCIENTOS DOS MIL NOVENTA Y OCHO CON 80/100 ($ 602.098,80.-).
Que conforme lo informado por la Secretaría, la Dirección General de Contrataciones recomienda:
- DECLARAR VÁLIDAS las propuestas presentadas por las Cooperativas de Trabajo SEGUIMOS LUCHANDO LIMITADA y EL CHE LIMITADA.
- ADJUDICAR por menor valor y ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones a la Cooperativa de Trabajo SEGUIMOS LUCHANDO LIMITADA en su Oferta Alternativa de PESOS SEISCIENTOS DOS MIL NOVENTA Y OCHO CON 80/100 ($ 602.098,80.-), considerando un Anticipo Financiero del QUINCE PORCIENTO (15%), siendo la misma inferior al Presupuesto Oficial en un 0,02 %.
Que a fojas 83/85 interviene la Contaduría Municipal y realiza control del artículo 186 de la LOM, previo dictado del presente acto administrativo.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones delegadas mediante Decreto Nº 1500/16,
EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Y EL SECRETARIO DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO
R E S U E L V E N
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la Contratación Directa Nº 9/19 para la obra “Trabajos varios de reparación en Escuela de Formación Profesional N° 7” cuya apertura de sobres se efectuó el día 16 de Abril de 2019 a las 12:30 horas.
ARTICULO 2º.- Declarar válidas propuestas presentadas por las Cooperativas de Trabajo SEGUIMOS LUCHANDO LIMITADA y EL CHE LIMITADA.
ARTÍCULO 3°.- Adjudicar por menor valor y por cumplimentar los recaudos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones, a la Cooperativa de Trabajo SEGUIMOS LUCHANDO LIMITADA en su Oferta Alternativa de PESOS SEISCIENTOS DOS MIL NOVENTA Y OCHO CON 80/100 ($ 602.098,80.-), considerando un Anticipo Financiero del QUINCE PORCIENTO (15%).
ARTÍCULO 4°.- Fijar el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato en la suma de PESOS TREINTA MIL CIENTO CUATRO CON 94/100 ($ 30.104,94-) conforme las previsiones del Artículo 4.3 de las Cláusulas Legales Generales, la que deberá ser integrada por la firma adjudicataria en el plazo establecido en el artículo 14 de las Cláusulas Legales Particulares.
ARTÍCULO 5º.- Fijar el monto de la garantía por pago de Anticipo Financiero en la suma de PESOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 82/100 ($ 90.314,82.-), conforme artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones – Cláusulas Particulares.
ARTÍCULO 6°.- Autorizar la devolución de la garantía de cumplimiento de contrato estipulada en el Artículo 4.5° de las Cláusulas Generales del Pliego de Bases y Condiciones, a la firma adjudicataria, una vez cumplidas todas las obligaciones emergentes de la presente licitación, conforme el Artículo 16° del Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 7°.- Autorizar la devolución de la garantía por pago de Anticipo Financiero estipulada en el artículo 5º de la presente, conjuntamente con la garantía de obra y en los términos del artículo 17° de las Cláusulas Legales Particulares.
ARTÍCULO 8°.- Registrar, comunicar, publicar y para las notificaciones y demás efectos que correspondan, intervengan la Dirección General de Contrataciones, la Dirección de Obras Públicas, la Contaduría y la Tesorería Municipal.
GLS/cc
DE PAZ MOURELLE