Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº1276/19

Resolución Nº 1276/19

General Pueyrredon, 24/05/2019

Visto

el presente actuado por el que se tramita la Contratación Directa Nº 05/19 para la ejecución de la obra “Ampliación CDI Jorge Newbery”,  y

Considerando

Que por Resolución Nº 1043 de la Secretaría de Economía y Hacienda de fecha 03 de Mayo de 2019 se resuelve:

 

  1. Aprobar la Contratación Directa N° 05/19.
  2. Declarar válidas las propuestas recibidas.
  3. Adjudicar por menor valor y cumplimentar los recaudos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones, a la propuesta más conveniente por su Oferta Alternativa con Anticipo Financiero.
  4. Fijar el monto de la garantía de cumplimiento de contrato para la firma adjudicataria.
  5. Fijar el monto de la garantía por Anticipo Financiero.
  6. Autorizar la devolución de la garantía de cumplimiento de contrato, una vez cumplidas todas las obligaciones emergentes.
  7. Autorizar la devolución de la garantía de Anticipo Financiero.

 

Que luego de registrado el Acto Administrativo ingresa nota de la Cooperativa que resulta adjudicataria, obrante en fojas 149, en donde renuncia a percibir monto alguno por concepto de adelanto de fondos lo cual se encuentra estipulado mediante artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones, Cláusulas Legales Particulares.

 

Que la oferta en consideración comprendía un descuento sobre la oferta básica de pesos veintiocho mil setecientos treinta y uno ($ 28.731,00) aceptando otorgar un Anticipo de Fondos que alcanza a la suma de pesos ciento nueve mil ciento setenta y siete con 80/100 ($ 109.177,80.-).

 

Que por lo expuesto, y analizando la variante de su propuesta, la Dirección General de Contrataciones considera de evidente conveniencia proceder al petitorio mencionado y recomienda:

 

1. Rectificar la Resolución N° 1043/19 de la Secretaría de Economía y Hacienda de fecha 03 de Mayo de 2019 en el considerando séptimo, en sus artículos N° 3, 4, 6 y 8 y; proceder a eliminar los artículos N° 5 y 7.

 

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones delegadas mediante Decreto Nº 1500/16,

Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Obras Públicas, la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano considera conveniente adjudicar a la Cooperativa de Trabajo JOHN WILLIAM COOKE MDP LIMITADA en su Oferta Alternativa de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIEZ CON 80/100 ($ 634.510,80.-).

 

Que la Cooperativa que resultara adjudicataria ofrece un descuento correspondiente al 1% de su propuesta en caso de que el Municipio ejerza la opción de adelanto de fondos lo cual, en este caso particular no resulta de evidente conveniencia para el Municipio.

 

Que conforme lo informado ut supra, la Dirección General de Contrataciones recomienda:

 

- DECLARAR VÁLIDAS las propuestas presentadas por las Cooperativas de Trabajo JOHN WILLIAM COOKE MDP LIMITADA y AVANTI MOROCHA LIMITADA.

 

- ADJUDICAR por menor valor y ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones a la Cooperativa de Trabajo JOHN WILLIAM COOKE MDP LIMITADA en su Oferta Básica SIN ANTICIPO FINANCIERO de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 640.920.-), siendo coincidente con el Presupuesto Oficial.

 

Que a fojas 98/100 interviene la Contaduría Municipal y realiza control del artículo 186 de la LOM, previo dictado del presente acto administrativo.                                                                            

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones delegadas mediante Decreto Nº 1500/16,

 

EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Y EL SECRETARIO DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO

 

R E S U E L V E N

ARTÍCULO 1°.- Rectificar la Resolución Nº 1043/19 de la Secretaría de Economía y Hacienda en su considerando, conforme el siguiente detalle:

 

- En el séptimo considerando:

Donde dice:

“Que conforme lo informado por la Secretaría, la Dirección General de Contrataciones recomienda…...

…. ADJUDICAR por menor valor y ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones a la Cooperativa de Trabajo JOHN W. COOK MDP LIMITADA en su Oferta Alternativa de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 545.889.-), considerando un Anticipo Financiero del VEINTE PORCIENTO (20%), siendo un cinco porciento (5%) inferior al Presupuesto Oficial.”

 

Debe decir:

 

Que conforme lo informado por la Secretaría, la Dirección General de Contrataciones recomienda…

ADJUDICAR por menor valor y ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones a la Cooperativa de Trabajo JOHN W. COOK MDP LIMITADA en su Oferta Básica SIN ANTICIPO FINANCIERO de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTE ($ 574.620.-), siendo coincidente con el Presupuesto Oficial.

 

ARTÍCULO 2°.- Rectificar la Resolución Nº 1043/19 de la Secretaría de Economía y Hacienda en sus artículos N° 3 y N° 4, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera:

 

“ARTÍCULO 3°.- Adjudicar por menor valor y por cumplimentar los recaudos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones, a la Cooperativa de Trabajo JOHN W. COOK MDP LIMITADA en su Oferta Alternativa de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 545.889.-), considerando un Anticipo Financiero del VEINTE PORCIENTO (20%)“

 

 “ARTÍCULO 4°.- Fijar el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato en la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO ($ 28.731,00-) conforme las previsiones del Artículo 4.3 de las Cláusulas Legales Generales, la que deberá ser integrada por la firma adjudicataria en el plazo establecido en el artículo 14 de las Cláusulas Legales Particulares.”

 

 

ARTÍCULO 3°.- Rectificar la Resolución Nº 1043/19 de la Secretaría de Economía y Hacienda eliminando los artículos N° 5 y 7.

 

ARTÍCULO 4°.- Rectificar la Resolución Nº 1043/19 de la Secretaría de Economía y Hacienda en sus Artículos 6º y 8º, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera:

 

Donde dice:

Artículo 6º” y “Artículo 8º

 

Debe decir:

Artículo 5º” y “Artículo 6º”, respectivamente.

 

ARTÍCULO 5°. Registrar,  comunicar,  publicar  y  para  las  notificaciones y demás efectos que correspondan, intervengan la Dirección General de Contrataciones, la Dirección de Obras Públicas, la Contaduría y la Tesorería Municipal.

GS/cc

DE PAZ                       MOURELLE