Boletines/Vicente López

Decreto Nº1906/17

Decreto Nº 1906/17

Vicente López, 05/05/2017

CORRESPONDE AL EXPEDIENTE N° 4119-9356/04.-

Visto

el contrato para la prestación del Servicio de Recolección de Residuos, Barrido Público y Servicios Complementarios en el Partido de Vicente López suscrito con la firma Transportes Olivos S.A.C.I. y F. (Expediente N°4119-9356/04, Licitación Pública N° 35/04), vigente en virtud de la prórroga aprobada a través del Decreto N° 5748/16, y el Expediente Nro. 4119-008169/2013, y

Considerando

Que el artículo 1.6 del Pliego de Bases y Condiciones Generales estipula el alcance de los trabajos y servicios a contratar. Por su parte el artículo 1.7 del mencionado pliego faculta a la MUNICIPALIDAD de implementar programas, planes y/o Servicios —en forma excepcional, periódica o permanente- cuando a su juicio las circunstancias así lo requieran.

Que teniendo en cuenta prestaciones actualmente incluidas en contrato se estima necesario ajustar los servicios en función al incremento de los residuos operados en los últimos años, a las nuevas realidades y a la mejora en las modalidades de recolección, de manera tal de satisfacer la creciente demanda de la población por la eficiencia y eficacia del servicio.

Que esta adecuación responde a los años transcurridos desde el formato original del contrato actualmente vigente y lo dispuesto por la Ordenanza N° 35.056, en tanto sujeta el diseño de una futura licitación del servicio de recolección y transporte de residuos sólidos urbano al Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en el Partido que se elabore en el marco del Convenio celebrado a tal efecto entre la Municipalidad y el Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible (OPDS).

Que en rigor, durante los últimos años la zona comprendida entre la Avenida Gral. Paz, el Rio de la Plata, Avenida del Libertador y calle Pelliza ha venido evidenciando una importante densificación producto de la construcción de emprendimientos inmobiliarios dedicados a vivienda multifamiliar, comercios y oficinas corporativas comer'ciales, aprobándose planos de construcción por 90.000 m2 en los últimos tres años. Dicha situación trae aparejada la problemática en la recolección de los residuos, dado que la forma tradicional -puerta a puerta- expone grandes cantidades de basura embolsada desde el momento de su colocación en calle hasta su levantamiento por parte de las rutas habituales. En el año 2014 se recolectaron 143.324 toneladas, 153.144 toneladas en 2015 y 155.788 toneladas en 2016.

Que desde la contenerización de los centros comerciales del Partido en el año 2015, se ha evidenciado una variación en el comportamiento y los hábitos de dichas zonas producto de la presencia de contenedores plásticos en la vía pública. Los comerciantes tienden a retirar los residuos al finalizar su jornada, y los vecinos a depositar los residuos dentro de los contenedores durante las 24 horas del día y los 7 días de la semana, distorsionando así los horarios establecidos para el retiro de los residuos. En tal sentido, si bien la contenerización significó un avance en la imagen del espacio público, se estima conveniente contar con una ruta diurna adicional que realice el levantamiento de los contenedores en el horario de la mañana.

Que dado el crecimiento de la actividad en estos Sectores del Partido y las consecuencias del movimiento comercial, se considera conveniente disponer un servicio de lavado de aceras que complemente la limpieza que se realiza a diario, a fin de mejorar la apariencia de la zona al horario del cierre de los comercios.

Que actualmente, en el Partido los residuos áridos .se recolectan hasta un límite de 1,5 m3 junto con otras fracciones de inorgánicos a través de las rutas de recolección de residuos sólidos diurnas, resultando necesario recolectar los mismos en forma diferenciada a través de una ruta de camión con dispositivo RollOff/RollOn. Esta acción permitirá asimismo homogeneizar el servicio de recolección municipal con el funcionamiento de la planta de tratamiento de áridos proyectada por el Comité de la Cuenca del Rio Reconquista (COMIREC).

Que el Municipio viene implementado la recolección de residuos reciclables bajo la modalidad de recolección domiciliaria puerta a puerta más la recolección en 22 puntos de entrega voluntaria. Dado que estos programas requieren para su éxito de continuidad y educación e instrucción permanentes, se estima conveniente que el contratista incorpore al servicio un vehículo dotado de compartimientos para recolección de residuos reciclables divididos en fracciones que funcione como "punto verde móvil".

Que como consecuencia de la instalación del Metrobus sobre la Avenida Maipú, se han generado en el Municipio nuevos espacios que demandan una adecuada limpieza, por lo cual deben ser incorporados al servicio de Barrido;

Que la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, a través de sus áreas técnicas dependientes, ha detallado el ajuste que amerita el servicio en función a las nuevas
realidades descriptas y requerimientos de los vecinos.

Que el contratista se expidió sobre la factibilidad de la prestación de los servicios requeridos, manifestando que los mismos respetarán los precios actualmente vigentes, según el contrato. Asimismo, juntamente con la ampliación de servicio, han destacado la factibilidad de renovar parcialmente la flota, incorporando equipamiento de menor antigüedad de forma progresiva durante el plazo restante de vigencia del contrato.

Que asimismo, el actual sistema de control y medición del servicio debe adecuarse a las modificaciones operativas propicias.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LÓPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias,

DECRETA

ARTICULO 1°.- Apruébase la inclusión de los servicios detallados en el Anexo I integrante del presente Decreto al contrato de Servicio de Recolección de Residuos, Barrido Público y Servicios Complementarios, suscrito oportunamente con la firma Transportes Olivos S.A.C.I. y F. Dichos servicios se liquidarán mensualmente conforme a las modalidades y precios unitarios previstos en el contrato, según corresponda en cada caso.

ARTICULO 2°.- Convalídense los servicios contemplados en el Anexo I integrante del presente Decreto que fueran efectivamente prestados entre el 1 de enero de 2017 y el dictado de presente.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimento de lo dispuesto en el artículo 1° equivale a la suma de pesos cuarenta y siete millones setecientos noventa y tres mil ciento once con un centavo ($ 47.793.111,00) para el ejercicio 2017, y se debitará de la Jurisdicción "Secretaria de Obras y Servicios Públicos" , Fuente de Financiamiento 110- Tesoro Municipal, del Presupuesto de Gastos del ejercicio 2017 y tomar debida cuenta de Pesos veintitrés millones trescientos setenta y un mil ochenta y cuatro con ochenta y ocho centavos ($ 23.371.084,88) para el ejercicio 2018.-

ARTÍCULO 4°.- La Contratista deberá ajustar la garantía de cumplimiento de contrato a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente.

ARTÍCULO 5°.- Refrenden el presente decreto los Señores Secretarios de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda y Finanzas

ARTÍCULO 6°.- Tomen conocimiento las Secretarías de Gobierno y Asuntos Interjurisdiccionales y de Legal y Técnica.

ARTÍCULO 7°.- Dése al gistro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente, archívese.

Nota: Se publica sin anexo.

Fdo: Macri- Botello- Alvarez