Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13186/19
Quilmes, 27/05/2019
VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente 4091-2137-R-19 ha sancionado la Ordenanza Nº 13186/19 en la Sesión Ordinaria del dia 14 de Mayo de 2019, que dice:
VISTO El Expediente Nº 4091-2137-R-19 Ref.: La solicitud del Señor Claudio Sebastián Rezk para reservar un espacio de estacionamiento para discapacitados en la calzada frente al edificio donde posee su domicilio sito en calle 330 Nº 3148 de Quilmes Oeste, y
CONSIDERANDO Que en el Expediente del Visto el solicitante ha adjuntado copia del certificado de discapacidad, y de las demás constancias que acreditan los requisitos para su solicitud;
Que asimismo, surge de la copia de su Documento Nacional de Identidad adjuntado al Expediente del Visto que el mencionado posee domicilio en calle 330 Nº 3148 de Quilmes Oeste;
Que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por al República Argentina, reconoce que "la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacciòn entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y el entorno que impiden su participaciòn plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás";
Que la Ley Nacional Nº 22.431 de Sistema de Protecciòn Integral de los Discapacitados (mod. por Ley Nº 24.314) dispone en su Artículo 20º: "Establécese la prioridad de la supresiòn de barreras físicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del transporte que se realicen en los existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida......" Asimismo el Inciso d) establece: "Estacionamientos: Tendrán zonas reservadas y señalizadas para vehículos que transporten personas con movilidad reducida cercanas a los accesos peatonales";
Que la Ley Provincial Nº 10.592 refiere en su Artículo 24º ter. (Texto incorporado por Ley 12614) (Texto según Ley 14824): "Las vías y espacios libres públicos deben permitir a las personas con movillidad reducida gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria".-
Que es obligación del Municipio asegurar a la persona con discapacidad los mismos derechos que sus conciudadanos, para la cual debe arbitrar los medios para eliminar las situaciones de desventaja que puedan encontrar en el ejercicio de sus derechos, mediante la adopción de medidas especificas destinadas a equiparar oportunidades;
Que a dichos efectos corresponde el dictado de normas, ante situaciones particulares, tendientes a facilitar espacios de estacionamiento para vehículos utilizados por persona con necesidades especiales motoras;
Que resultan de aplicaciòn los Artículos 1º, 3º, 7º y concordantes de la Ordenanza Nº 11458;
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 13186/19
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1º: RESERVESE un espacio para estacionamiento exclusivo para discapacitados frente al domicilio sito en calle 330 Nº 3148 de Quilmes Oeste, para su uso por parte del Señor Claudio Sebastián Rezk, de cuatro metros cincuenta centímetros (4,50 mts) de largo
ARTICULO 2º: ENCOMIENDASE al Departamento Ejecutivo la demarcación del cordón y de la capa asfáltica correspondiente a dicho espacio de estacionamiento exclusivo.-
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.-
Fdo.: Cdor Juan M. Bernasconi, Presidente del H.C.D.
Dr. Daniel A. Marchi, Secretario Legislativo del H.C.D.-
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º: PROMULGASE la Ordenanza Nº 13186/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 14 de Mayo de 2019.-
ARTICULO 2º: DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.-
DR. IGNACIO C. ALBERTO MARTINIANO MOLINA
SECRETARIO LEGAL Y TECNICO INTENDENTE
DECRETO Nº 1320/19.-