Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13183/19
Quilmes, 13/05/2019
VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el N° de Expediente HCD-O-2-27624-19 ha sancionado la Ordenanza N° 13183/19 en la Sesion Ordinaria del dia 23 de Abril de 2019, que dice:
VISTO
El Expte. N° 2-27624-HCD-19, presentado por los Concejales ANGEL GARCIA, SUSANA CANO. Ref.: Que el dia 12 de Mayo se conmemora el Dia Internacional de la Fibromialgia, Sindrome de Fatiga Crónica y Sindrome Quimico Multiple, patologias que constituyen el Sindrome de Sensibilidad Central, y
CONSIDERANDO:
Que durante el 2018 se han presentado tanto en distintos Distritos de la Provincia de Buenos Aires, como en la Camara de Diputados de la misma, Proyectos de Ley para la Creacion del Programa Integral de Prevencion, Tratamiento, Control y Asistencia de la Fibromialgia, Sindrome de Fatiga Cronica (SFC) y Sindrome Quimico Multiple (SQM);,
Que en ese sentido el Honorable Concejo Deliberante de Quilmes aprobó la Resolucion N° 14190/18 en la que expresa el apoyo al proyecto de Ley en debate y se expreso la solidaridad y acompañamiento a los ciudadanos y ciudadanas afectados;
Que el proyecto mencionado apunta a implementar politicas publicas sostenibles en el tiempo, a partir de un abordaje integral, que no solo contemple el campo de la salud, sino tambien desde el derecho a la vida y a no discriminacion, en tanto conceptos multidimensionales que ayuden a erradicar las barreras que hoy redundan en un flagrante menoscabo de derechos fundamentales;
Que reconocida por la OMS desde 1992, y actualmente codificada como OMS 79.7, de condición invalidante y de carácter crónico, la Fibromialgia afecta del 3 al 5% de la poblacion según parametros internacionales;
Que en nuestro Pais, aún no ha llegado su reconocimiento oficial por parte del Estado. Abordada hoy desde el campo de la reumatologia, sus caracteristicas y la multiplicidad de
sintomas hacen necesaria la implementacion de Programas de Salud Integrales y Multidisciplinarios;
Que paralelamente, las consecuencias en las personas afectadas por Fibromialgia hacen que, ademas de un problema de Salud, se convierta en un problema social que puede conducir a la exclusion si no se garantiza su atencion apropiada;
Que la discriminación fundada en cualquier aspecto de la vida, compromete la igualdad de derechos y de oportunidades asi como tambien la dignidad de miles de ciudadanas y ciudadanos que son potencialmente excluidas/os;
Que todas las personas tienen derecho a vivir sanas o con las herramientas para enfrentar sus enfermedades sin ser discriminadas y que desde la Ciudad de Quilmes debemos trabajar por enriquecer aún mas el camino hacia la IGUALDAD y la NO DISCRIMINACION hacia una sociedad justa para todas las personas;
Que las personas con Fibromialgia, SFC y SQM, se vienen movilizando en el Pais y en el Mundo, por sus derechos, por sus necesidades, por su visibilizacion y comprensión social, a tráves de diferentes tipo de acciones y actividades;
Que en el caso de la Provincia de Buenos Aires, tambien lo hacen no solo con la correspondiente sanción de la Ley Provincial, que lo posibilite, que los reconozca y reconozca sus derechos, sino que tambien, buscan la Adhesión Simbolica a la semana de la Fibromialgia con iluminacion del edificio municipal, acciones que facilitan y/ o apoyan la visibilidad de esta tematica;
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1°: DECLARASE la semana del 6 al 12 de Mayo de cada año como "Semana de la Fibromialgia" iluminandose, durante esa semana, en color púrpura (color
identificatorio de la campaña) la Plaza San Martin, en señal de adhesión a la misma.
ARTICULO 2°: FACULTASE al Departamento Ejecutivo a realizar las acciones necesarias para informar a la poblacion a tráves de campañas de difusión sobre la Fibromialgia.
ARTICULO 3°: COMUNIQUESE a la Honorable Camara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, a la Honorable Camara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires y a todos los Bloques Politicos de ambas Camaras.
ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dese al Registro General y ARCHIVESE.
Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.
Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°: PROMULGASE la Ordenanza N° 13183/ 19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 23 de Abril de 2019.-
ARTICULO 2°: DESE al Registro General, Publiquese y ARCHIVESE.-
DR. IGNACIO C.ALBERTO MARTINIANO MOLINA
SECRETARIO LEGAL Y TECNICO INTENDENTE
DECRETO Nº 1119/19