Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº13173/19

Ordenanza Nº 13173/19

Quilmes, 25/04/2019

VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el N° de Expediente 4091-22057-S-18 ha sancionado la Ordenanza N° 13173/19 en la Sesion Ordinaria del dia 9 de Abril de 2019, que dice:

VISTO

El Expte. N° 4091-22057-S-18. Ref.: Por el cual se proponen reformas en el sentido de circulacion de varias arterias, y la prohibición de estacionamiento en otras, como consecuencia de la obra de ensanchamiento y mejoramiento de la Avenida Mitre entre la Avenida Florencio Varela y la calle Prirnera Junta, y

CONSIDERANDO:

Que la Avenida Mitre resulta una via de acceso de vital importancia para la conexion entre el Municipio de Berazategui y el de Quilmes, siendo ademas uno de los principales accesos a nuestra Ciudad, por lo que posee un gran caudal de transito particular, como asi tambien de transporte publico de pasajeros;

Que asimismo, en dicha arteria se llevaron a cabo importantes obras de mejoramiento integral y ensanchamiento, lo que mejoro notablemente la fluidez vehicular, y redundo en un beneficio para toda la zona;

Que ello genero un cambio en las caracteristicas que adquirio el lugar, un aumento en el caudal de vehiculos y peatones que transitan, lo que conlleva la necesidad de realizar cambios a fin de garantizar adecuadamente la seguridad vial;

Que una de las mejoras que incluye la obra es una separacion entre ambos carriles de la mencionada arteria, con lo que se ha generado la imposibilidad de giro en ciertas intersecciones por parte de los vehiculos que circulars por la Avenida Mitre y pretenden doblar hacia el Este o el Oeste segun corresponda en determinadas calles que la cruzan;

Que en consecuencia, corresponde tomar las medidas correspondientes para facilitar los desvios que deben tomar los vehiculos que deseen acceder desde la Avenida Mitre a las arterias Dorrego, Echeverria, Avenida Jose Hernandez, Mendoza, Laguarda, Comandante Carbonari y Esquel;

Que resultan de aplicacion la Ley Nacional N° 24.449 (de Transito) adherida por la Provincia de Buenos Aires mediante Ley N° 13.927/09 y su Decreto Reglamentario N° 532/09 y el Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Organica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires);

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:

ARTICULO 1°: OTORGUESE doble sentido de circulación a la calle Gelly y Obes entre la calle Alvear y la Avenida Mitre, el que sera de Este a Oeste y viceversa.

ARTICULO 2°: PROHiBASE el estacionamiento sobre ambas manos   de la calle Gelly y Obes entre la calle Alvear y la Avenida Mitre.

ARTICULO 3°: PROHiBASE el estacionamiento sobre el lado Este de la calle Alvear entre las calles Gelly y Obes y Dorrego.

ARTICULO 4°: PROHIEBASE el estacionamiento sobre ambos lados de la calle Dorrego entre las calles Alvear y Sarmiento.

ARTICULO 5°: PROHiBASE el estacionamiento sobre el lado Sur de la calle Marmol, entre la calle Sarmiento y la Avenida Mitre.

ARTICULO 6°: OTORGUESE doble sentido de circulacion a la calle   Marmol entre la calle Cuenca y la Avenida Mitre, el que sera de Este a Oeste y viceversa.

ARTICULO 7°: PROHiBASE el estacionamiento sobre ambas manos   de la calle Marmol entre las calle Cuenca y la Avenida Mitre.

ARTICULO 8°: PROHiBASE el estacionamiento sobre ambos lados de la calle Cuenca, entre las calles Marmol y Echeverria y entre la calla Guiraldes y la Avenida Jose Hernandez.

ARTICULO 9°: PROHiBASE el estacionamiento sobre ambos lados de la calle Echeverria entre las calles Cuenca y Sarmiento.

ARTICULO 10°: OTORGUESE doble sentido de circulacion a la calle   Lugones entre la calle Sarmiento y la Avenida Mitre, el que sera. de Este a Oeste y viceversa.

ARTICULO 11°: PROHiBASE el estacionamiento sobre ambas manos   de la calle Lugones entre la calle Sarmiento y la Avenida Mitre.

ARTICULO 12°: OTORGUESE doble sentido de circulaciOn a la calle   Guiraldes entre la calle Cuenca y la Avenida Mitre, el que sera de Este a Oeste y viceversa.

ARTICULO 13°: PROHIBASE el estacionamiento sobre ambas manos   de la calle Guiraldes entre la calle Cuenca y la Avenida Mitre.

ARTICULO 14°: PROHIBASE el estacionamiento sobre ambas manos   de la Avenida Jose Hernandez entre las calles Cuenca y Sarmiento.

ARTICULO 15°: PROHiBASE el estacionamiento sobre ambos lados de   la calle Justo Illanes entre la calle Sarmiento y la Avenida Mitre.

ARTICULO 16°: PROHiBASE el estacionamiento sobre ambos lados de  la calle Evaristo Iglesias entre la calle Rio Limay y la Avenida Mitre.-

ARTICULO 17°: PROHIBASE el estacionamiento sobre ambos lados de   la calle Rio Limay entre las calles Evaristo Iglesias y Mendoza.

ARTICULO 18°: PROHIBASE el estacionamiento sobre ambos lados de   la calle Mendoza entre las calles Rio Limay y General Paz.

ARTICULO 19°: PROHfBASE el estacionamiento sobre ambos lados de   la calle Santa Fe entre la calle General Paz y la Avenida Mitre.

ARTICULO 20°: PROHfBASE el estacionamiento sobre ambos lados de   la calle General Paz entre las calles Santa Fe y Mendoza.-

ARTICULO 21°: PROHIBASE el estacionamiento sobre lado Norte de la calle Salta, entre la calle Sarmiento y la Avenida Mitre.

ARTICULO 22°: PROHIBASE el estacionamiento sobre ambas manos   de la calle Laguarda entre las calles Sarmiento y Pringles.

ARTICULO 23°: PROHfBASE el estacionamiento sobre ambos lados de   la calle Pringles, entre las calles Padre Bruzzone y Laguarda, y entre las calles Comandante Carbonari y Esquel. 

ARTICULO 24º: PROHIBASE el estacionamiento sobre ambos lados de la calle Padre Bruzzone entre la calle Pringles y la Avenida Mitre.-

ARTICULO 25º: PROHIBASE el estacionamiento sobre ambos lados de la calle Santiago del Estero entre la calle Sarmiento y la Avenida Mitre.-

ARTICULO 26°: PROHIBASE el estacionamiento sobre ambos lados de   la calle Comandante Carbonari entre las calles Sarmiento y Pringles.

ARTICULO 27°: PROHIBASE el estacionamiento sobre ambos lados de  la calle Esquel entre las calles Sarmiento y Uriburu.

ARTICULO 28°:  PROHIBASE el estacionamiento sobre el lado Sur de la   calle Casinelli, entre la calle Uriburu y la Avenida Mitre.

ARTICULO 29°: PROHIBASE el estacionamiento sobre el lado Oeste de la calle Uriburu, entre las calles Casinelli y Esquel.

ARTICULO 30°: OTORGUESE doble sentido de circulacion a la calle   Esquel entre la calle Sarmiento y la Avenida Mitre, el que sera de Este a Oeste y viceversa.

ARTICULO 310: El Departamento Ejecutivo, a traves de la dependencia   competente, procedera a la correcta sefialización de los sectores mencionados precedentemente.

ARTICULO 32º: DEROGUESE toda Ordenanza y/o disposiciòn que oponga a la presente.-

ARTICULO 33º: COMUNIQUESE  a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.-

Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.

Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:

ARTICULO 1°: PROMULGASE la Ordenanza N° 13173/19   sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesion Ordinaria del dia 09 de Abril de 2019.-

ARTICULO 2°: DESE al Registro General, Publiquese y ARCHIVESE.-

 

DR. IGNACIO C. ALBERTO                                                              MARTINIANO MOLINA

SECRETARIO LEGAL Y TECNICO                                                      INTENDENTE

DECRETO Nº 0933/2019.-