Boletines/Lobería
Decreto Nº 554-19
Lobería, 26/03/2019
HABILÍTASE
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, los artículos 82, 91 y 98 de la Ordenanza Fiscal vigente, la nota Nº 41.218/19, el Expediente Nº 4066-2.910/19; y
Considerando
QUE, con fecha 11 de agosto de 1994 fue promulgada la Ordenanza Nº 126/94, que aprueba la Reglamentación General para la habilitación de Comercio e Industria en todo el Partido de Lobería, la que se aplicará, consecuentemente, a los trámites iniciados a partir de dicha fecha;
QUE, por nota Nº 41.218/19, Expediente Nº 4066-2.910/19, el Sr. NÉSTOR DANIEL PÉREZ, solicita la habilitación de un local para desarrollar actividades comerciales en los rubros “DISTRIBUIDORA DE BEBIDAS”, ubicado en calle Luro N° 132 de la ciudad de Lobería;
QUE, personal de la División Inspección General de la Comuna ha labrado el acta Nº 1.760 informando que el local que se pretende habilitar reúne las condiciones exigidas por las disposiciones legales vigentes;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1º HABILÍTASE, en lo que a jurisdicción municipal compete, en virtud de la delegación de atribuciones que confiere la Ley 7315, al Sr NÉSTOR DANIEL PÉREZ, un local para desarrollar actividades comerciales en el rubro “DISTRIBUIDORA DE BEBIDAS”, ubicado en calle Luro N° 132 de la ciudad de Lobería.
ARTÍCULO 2º La actividad mencionada en el artículo 1ro., queda comprendida a partir del día de la fecha, en el Título V, artículos 97 y subsiguientes de la Ordenanza Fiscal vigente, correspondiendo liquidar la Tasa por Servicios a la actividad comercial, industrial, profesional y de servicios.
ARTÍCULO 3º Liquídese la primera cuota de la tasa mencionada en el artículo precedente, el día 10 de mayo de 2019, operando los subsiguientes, de acuerdo al Calendario Impositivo.
ARTÍCULO 4º NOTIFÍQUESE, tomen conocimiento Dirección de Rentas Municipal, División Comercio y Otras y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
MARIO ALBERTO TERUGGI JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIO DE GOBIERNO INTENDENTE MUNICIPAL
NÚMERO DE DECRETO Nº 534-19
OTORGADO POR ERROR INVOLUNTARIO
CORRESPONDE EL Nº 554/19