Boletines/Lobería
Ordenanza Nº 2310-19
Lobería, 23/05/2019
VISTO
Lo dispuesto por los Artículos 24, 25, 77 inciso a) y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades
CONSIDERANDO
QUE, la histórica lucha por la igualdad de género en el deporte así como por la profesionalización del fútbol femenino ha tenido importantes avances en nuestro país, constituyéndose como un paso fundamental el acuerdo celebrado recientemente entre la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y Futbolistas Argentinos Agremiados (FAA) en pos de esos objetivos;
QUE, asimismo ha sido presentado en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación el Proyecto de Ley de Promoción de la Igualdad de Género y Oportunidades en el Fútbol Argentino (Expediente 0007-D-2019) cuyo objetivo es generar acciones concretas para la igualdad de género en nuestro país en materia deportiva, especialmente en la práctica del fútbol femenino como emblema del deporte popular en Argentina.
QUE, si bien se han llevado a cabo con anterioridad torneos de fútbol femenino, es en este contexto de visibilización de esta lucha y de sus avances que se conformó la Liga de Fútbol Femenino de Lobería, espacio que permite a las mujeres loberenses organizarse en nuestra ciudad para practicar dicho deporte sin necesidad de trasladarse a localidades vecinas para hacerlo;
QUE, actualmente la Liga de Fútbol Femenino de Lobería cuenta con nueve equipos participando en el Primer Torneo organizado por la misma cuyas fechas se disputan en la Cancha de Tamangueyú;
QUE, se vuelve fundamental acompañar iniciativas como ésta que dan impulso a la participación de las mujeres en ámbitos históricamente masculinizados y contribuyen así a promover la igualdad entre los géneros en el deporte,
POR ELLO, EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- DECLÁRASE de Interés Municipal el PRIMER TORNEO ORGANIZADO POR LA LIGA DE FÚTBOL FEMENINO DE LOBERÍA.-
ARTICULO 2°.- Envíese copia de la presente Ordenanza a las integrantes de la Liga de Fútbol Femenino de Lobería.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, cumplido, archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.-
MARIA GABRIELA PUCCI HECTOR MARIO HARDOY
SECRETARIA HCD PRESIDENTE HCD
ORDENANZA Nº 2310-19