Boletines/Lobería
Decreto Nº 397-19
Lobería, 21/02/2019
ADJUDÍCASE en forma parcial la LICITACION PRIVADA Nº 02/19
Visto
Lo dispuesto en los artículos 107, 108, 151, 152, 153 y 154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, los artículos 156, 157, 162 y 163 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, el Expediente Nº 4066-2.808/19, el Decreto Nº 153/19; y
Considerando
QUE, por Decreto Nº 153/19, se ordenó el llamado a Licitación Privada Nº 02/19 a los efectos de solicitar cotización para la compra de medicamentos destinados al Hospital Municipal “Gaspar M. Campos”;
QUE, el día de apertura del acto licitatorio se presentaron diez (10) Oferentes, labrándose a tal fin el acta correspondiente;
QUE, la Dirección del Hospital Municipal “Gaspar M. Campos” y la Asesoría Letrada emitieron dictámenes aconsejando adjudicar esta compulsa por ítems;
QUE, el área legal aconseja rechazar la propuesta N° 2 presentada por la firma UNILAB S.C. atento a que el proveedor no constituye garantía de mantenimiento de oferta según lo dispone el punto 8 a) del pliego de bases y condiciones particulares;
QUE, además respecto a los ítems N° 26, 40, 108, 114, 119, 152, 163 y 183 solo se presentan únicas ofertas, por lo que resulta necesario la autorización por parte del Honorable Concejo Deliberante, para su adjudicación;
QUE, por lo expuesto precedentemente, ese pertinente documentar la adjudicación del concurso, mediante el dictado del correspondiente acto administrativo;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERIA, en uso de atribuciones que le confiere la legislación vigente, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ADJUDÍCASE en forma parcial la LICITACION PRIVADA Nº 02/19, ordenada por Decreto Nº 153/19 para la compra de medicamentos destinados al Hospital Municipal “Gaspar M. Campos” de acuerdo al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2.- ENVÍESE Copia del presente a los Adjudicatarios en carácter de notificación.
ARTÍCULO 3.- DISPÓNESE el rechazo de la propuesta presentada por la firma UNILAB S.C. en virtud de no constituir garantía de mantenimiento de oferta según lo dispone el punto 8 a) del pliego de bases y condiciones particulares.
ARTÍCULO 4.- Elévese el correspondiente Proyecto de Ordenanza al Honorable Concejo Deliberante a fin de autorizar la adjudicación de las únicas ofertas presentadas en los ítems N° 26, 40, 108, 114, 119, 152, 163 y 183.
ARTICULO 5.- El gasto que demande la ejecución de la presente Licitación será imputado a la Partida: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 23.01 Dirección del Hospital Municipal – 2.5.2.0. Protector dérmico…” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 6.- Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Oficina de Compras, Dirección Administrativa del Sistema Municipal de Salud, Contaduría y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHIVESE.
MARIO ALBERTO TERUGGI JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIO DE GOBIERNO INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETO Nº 397-19