Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº213/2019

Decreto Nº 213/2019

Adolfo Gonzales Chaves, 26/02/2019

Visto

El Expediente 4055-4-2019, mediante el cual se tramitan diversas ayudas económicas para gastos de salud;

Las notas de solicitud a fojas 66,69 y 70;

La Encuesta Socioeconómica de fojas 68;

El Acta suscripta por la Comisión de Emergencia de Salud a fojas 71/73;

Los informes de Contaduría Municipal a fojas 75/79;

Considerando

Por ello;

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

 

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- 0tórgase a OLGA SCHUVEDT, DNI Nº 14.712.256, una ayuda económica de Pesos SEIS MIL QUINIENTOS ($ 6.500) que serán abonados de la siguiente manera: $ 1.500 a la solicitante y $ 5.000 mediante depósito Bancario a nombre de la Sra. URRIT MARIANA LILIAN, DNI Nº 21.739.560, en la Cuenta Nº 512135/3 del Banco Provincia Buenos Aires, Sucursal 6200, CBU 0140413903620051213533.- La ayuda otorgada será destinada a abonar gastos de alojamiento en la ciudad de Bahía Blanca, ya que su esposo Rubén Oscar Giménez deberá realizarse una colonoscopía y posteriormente será intervenido quirúrgicamente en esa ciudad.-

 

ARTICULO 2º.- 0tórgase a MARIA LUJAN ESCUDERO, DNI Nº 16.006.376, una ayuda económica de Pesos CUATRO MIL ($ 4.000) para abonar gastos de alojamiento en la ciudad de Bahía Blanca donde se encuentra realizando un tratamiento oncológico.- El pago se realizará mediante depósito Bancario a nombre de la Sra. URRIT MARIANA LILIAN, DNI Nº 21.739.560, en la Cuenta Nº 512135/3 del Banco Provincia Buenos Aires, Sucursal 6200, CBU 0140413903620051213533.-

 

ARTICULO 3º.- Amplíase únicamente por el mes de Marzo de 2018, la ayuda económica otorgada por Decreto Nº 17/2019, la que será de Pesos OCHO MIL ($ 8.000), percibiendo en los meses sucesivos el importe estipulado en el mencionado decreto.-

 

ARTICULO 4º.- Los pagos se harán con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

Jurisdicción 1110133000 Secretaría de Salud y Acción Social

Programa 35.01.00 Fondo Especial Emergencia de Salud

Fuente de financiamiento 131: Afectado de origen municipal

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.4.2 Ayudas para gastos de salud

 

ARTICULO 5º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Acción Social.-

 

ARTICULO 6º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-