Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 213/2019
Adolfo Gonzales Chaves, 26/02/2019
Visto
El Expediente 4055-4-2019, mediante el cual se tramitan diversas ayudas económicas para gastos de salud;
Las notas de solicitud a fojas 66,69 y 70;
La Encuesta Socioeconómica de fojas 68;
El Acta suscripta por la Comisión de Emergencia de Salud a fojas 71/73;
Los informes de Contaduría Municipal a fojas 75/79;
Considerando
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- 0tórgase a OLGA SCHUVEDT, DNI Nº 14.712.256, una ayuda económica de Pesos SEIS MIL QUINIENTOS ($ 6.500) que serán abonados de la siguiente manera: $ 1.500 a la solicitante y $ 5.000 mediante depósito Bancario a nombre de la Sra. URRIT MARIANA LILIAN, DNI Nº 21.739.560, en la Cuenta Nº 512135/3 del Banco Provincia Buenos Aires, Sucursal 6200, CBU 0140413903620051213533.- La ayuda otorgada será destinada a abonar gastos de alojamiento en la ciudad de Bahía Blanca, ya que su esposo Rubén Oscar Giménez deberá realizarse una colonoscopía y posteriormente será intervenido quirúrgicamente en esa ciudad.-
ARTICULO 2º.- 0tórgase a MARIA LUJAN ESCUDERO, DNI Nº 16.006.376, una ayuda económica de Pesos CUATRO MIL ($ 4.000) para abonar gastos de alojamiento en la ciudad de Bahía Blanca donde se encuentra realizando un tratamiento oncológico.- El pago se realizará mediante depósito Bancario a nombre de la Sra. URRIT MARIANA LILIAN, DNI Nº 21.739.560, en la Cuenta Nº 512135/3 del Banco Provincia Buenos Aires, Sucursal 6200, CBU 0140413903620051213533.-
ARTICULO 3º.- Amplíase únicamente por el mes de Marzo de 2018, la ayuda económica otorgada por Decreto Nº 17/2019, la que será de Pesos OCHO MIL ($ 8.000), percibiendo en los meses sucesivos el importe estipulado en el mencionado decreto.-
ARTICULO 4º.- Los pagos se harán con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110133000 Secretaría de Salud y Acción Social
Programa 35.01.00 Fondo Especial Emergencia de Salud
Fuente de financiamiento 131: Afectado de origen municipal
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.4.2 Ayudas para gastos de salud
ARTICULO 5º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Acción Social.-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-