Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 240/2019
Benito Juarez, 14/02/2019
Visto
lo actuado en el Expte. Letra “T” Nº 73/18, en el que a fojas 61 obra Decreto Municipal Nº 1758/18 mediante el cual se declaró desierto el Segundo llamado a Concurso de Precios Nº 37/18 para llevar a cabo la construcción de un parador en la Laguna “San Antonio”;
QUE a fojas 62 obra informe del Jefe de Compras manifestando que en virtud del fracaso del segundo llamado a Concurso de Precios, se podrá realizar una Compra Directa basándose en la excepción prevista en el artículo 156 inc. 5 de la L.O.M.;
QUE a fs. 63, 64 y 65 obra nota remitida por la Oficina de Turismo y se adjunta presupuesto solicitado a la firma Arnero Crhistian Miguel;
QUE a fojas 67 la Contadora Municipal informa que las actuaciones correspondientes cumplen con los requisitos básicos enunciados en la L.O.M. y en el Reglamento de Contabilidad;
QUE a fs. 68 obra nota del Sr. Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda, solicitando la adjudicación a la firma mencionada;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo lº.-Adjudíquese en forma directa a la firma ARNERO CRHISTIAN MIGUEL para llevar a cabo la construcción de un parador en la Laguna “San Antonio”, por un importe total de Pesos trescientos noventa y seis mil ($ 396.000,00), de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 156 inc. 5 de la L.O.M. y a lo actuado en el Expediente Letra “T” Nº 73/18.-
Artículo 2º.-Notifíquese.-
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.-
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Secretarías de Hacienda, Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y Gobierno, Direcciones de Compras, de Presupuesto, Contaduría, Tesorería y Auditoría cumplido, archívese.-
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS
ARQ. DIEGO ROSSETTI
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 240.-