Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 224/2019
Benito Juarez, 12/02/2019
Visto
lo actuado en el Expediente Letra “D” Nº 65/19 en el cual la Sra. Secretaria de Desarrollo Social a fojas 2 solicita subsidio, destinado al pago de luz a familias indigentes; y
Considerando
el aumento de tarifas, se acordó junto con la Cooperativa de Consumo de Electricidad de Benito Juárez Ltda., implementar un sistema de vales de descuento mediante el cual, el Municipio abonara desde $ 700,00 por factura autorizada dependiendo de la situación de cada familia, y el titular abonaría la diferencia restante;
QUE dichos vales serán un aporte parcial de la factura del servicio de energía, liquidándose el periodo una vez por mes vencido;
QUE a fs. precedentes Contaduría realiza la respectiva reserva preventiva del gasto;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.-Autorizase la implementación de un sistema de ayuda a familias de bajos recursos mediante “vales de descuento” subsidiados por el municipio a través de la Secretaría de Desarrollo Social, los cuales serán un aporte parcial de la factura del servicio de energía.-
Artículo 2º.-Páguese a la Cooperativa de Consumo de Electricidad de Benito Juárez Ltda., mediante el sistema de “vales de descuento”, según nómina de beneficiarios obrante a fojas 3, por un monto total de pesos veintiún mil doscientos ($ 21.200,00), de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “D” Nº 65/19.-
Artículo 3º.- El gasto será imputado según lo informado por Contaduría a fs. precedentes.-
Artículo 4º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaría de Desarrollo Social.-
Artículo 5º.- Comuníquese, desde la R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota, Jefatura de Gabinete, Secretarías de Desarrollo Social, de Gobierno, de Hacienda Contaduría, Tesorería, Presupuesto, y Auditoría, cumplido, archívese.-
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
PROF. MARIA T. RICCI
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 224.-