Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1840/18
General Villegas, 28/11/2018
Visto
El Expediente Nº 13951/18, iniciado por la Contadora Municipal, solicitando se autorice la emisión del 1º Anticipo del año 2019 de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Área Complementaria”, “Fondo Solidario para la Obra Pública”, “Zona Residencial Extraurbana”, “Zona de Edificación Necesaria” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, adjuntado detalle con los respectivos montos y fechas de vencimiento; y
Considerando
Que los Capítulos I, XVI y XVII de la Ordenanza Tributaria Nº 5776, Ordenanza Nº 4683 y los Títulos XIV y XXX y el Artículo 365 a) de la Ordenanza Fiscal vigente, disponen lo solicitado por la Contaduría.
Que el Artículo 69 de la Ordenanza Tributaria vigente autoriza la emisión de anticipos a cuenta de las tasas fijadas.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Establécese la emisión del 1º Anticipo del año 2019 en concepto de las Tasas que se consignan y con los vencimientos que se detallan a continuación:
1º Anticipo año 2019
- “TASA POR ALUMBRADO, LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA”
- “FONDO SOLIDARIO PARA LA OBRA PÚBLICA”
- “TASA DE SEGURIDAD Y DEFENSA CIVIL”
FECHAS DE VENCIMIENTO
1er vencimiento: 11 de enero de 2019
2do vencimiento: 6 de febrero de 2019
Interés Aplicable: 6.01%
ARTÍCULO SEGUNDO: Establécense los importes que se mencionan para las Tasas que se detallan:
ALUMBRADO PÚBLICO
Ciudad Cabecera Localidades del Partido
Sector 1 $ 5,48 Sector 1 $ 2,74
Sector 2 $ 22,18 Sector 2 $ 11,08
Sector 3 $ 22,18 Sector 3 $ 11,08
Sector 4 $ 16,58 Sector 4 $ 8,29
Sector 5 $ 11,06 Sector 5 $ 5,52
Ciudad Cabecera (Importes por metro de frente computables)
|
Sector 1 |
Sector 2 |
Sector 3 |
Sector 4 |
Sector 5 |
LIMPIEZA Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS |
$ 8,82 |
$ 8,82 |
$ 6,57 |
$ 4,28 |
$ 4,28 |
BARRIDO |
$ 8,82 |
$ 8,82 |
$ 6,57 |
$ 4,28 |
$ 4,28 |
RIEGO |
$ 8,82 |
$ 8,82 |
$ 6,57 |
$ 4,28 |
$ 4,28 |
CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA |
$ 8,82 |
$ 8,82 |
$ 6,57 |
$ 4,28 |
$ 4,28 |
Pueblos del Partido (Importes por metro de frente computables)
|
Sector 1 |
Sector 2 |
Sector 3 |
Sector 4 |
Sector 5 |
LIMPIEZA Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS |
$ 4,41 |
$ 4,41 |
$ 3,28 |
$ 2,14 |
$ 2,14 |
BARRIDO |
$ 4,41 |
$ 4,41 |
$ 3,28 |
$ 2,14 |
$ 2,14 |
RIEGO |
$ 4,41 |
$ 4,41 |
$ 3,28 |
$ 2,14 |
$ 2,14 |
CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA |
$ 4,41 |
$ 4,41 |
$ 3,28 |
$ 2,14 |
$ 2,14 |
TASA DE SEGURIDAD Y DEFENSA CIVIL $ 18,45
FONDO SOLIDARIO PARA LA OBRA PÚBLICA
Sector 1 (Importe fijo) $ 115,67
Sector 2 (Importe fijo) $ 115,67
Sector 3 (Importe fijo) $ 86,73
Sector 4 (Importe fijo) $ 49,79
Sector 5 (Importe fijo) $ 38,55
ARTÍCULO TERCERO: Exceptúese del pago del “Fondo Solidario para la Obra Pública” y de los servicios de conservación de calles, limpieza, recolección de residuos, barrido y riego a los contribuyentes de las localidades de Santa Eleodora, Villa Saboya, Villa Sauze y Santa Regina.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, publíquese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Hacienda y Finanzas, Contaduría, Tesorería, División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Procesamiento de la Recaudación, Delegaciones Municipales, Entidades Bancarias y Cámara de Comercio e Industria del Partido de General Villegas; cúmplase y archívese.