Boletines/General Villegas

Decreto Nº1832/18

Decreto Nº 1832/18

General Villegas, 27/11/2018

Visto

El Expediente N° 10854/17 iniciado por Josué Quesada e Hijos S.A. y productores rurales de Colonia Meriloo, solicitando autorización para realizar trabajos de limpieza de cunetas y aportar el material seco sobre la traza del camino 06-10 por un total aproximado de 1.600 metros lineales y posterior descuento con el monto que debe abonar cada contribuyente en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal en el marco de la Ordenanza N° 5814/17; y

Considerando

Que los señores Josué A. Quezada, Norma Valle, Mabel Valle, José M. García, Ricardo García, Carlos Valle, Zulma Valle, Olga Etchetto, Ethel Castro y Marta Castro, acompañan un presupuesto de Asoka S.A. por la suma total de $ 142.000 final y otra cotización de Gustavo Castanheira por la suma de $ 98.010 final (fs. 5 y 6).

Que a fojas 9 interviene la Dirección Vial autorizando la extracción lateral de 1600 m3 de tierra y colocación de 3 líneas de tubos de diámetro 0.80m por 10 metros de largo.

Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, no formula objeciones a lo actuado (fs. 10).

Que Departamento Catastro interviene a fojas 17 y 73, individualizando catastralmente a los inmuebles, contribuyentes y sus titulares.

Que la Dirección de Rentas interviene de fojas 19 a 34, emitiendo el estado de la cuenta corriente de cada contribuyente correspondiente al ejercicio 2017.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos a fojas 35, 55 y 56, analiza el pedido formulado en las presentes actuaciones en el marco de la declaración de emergencia vial realizada por Ordenanza N° 5814/17 y restante legislación vigente en la materia, sugiriendo la intervención de la Comisión Interna de Tasación y posteriormente el descuento proporcional en la suma que deban abonar en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.

Que de fojas 57 a 66 se agrega documentación y facturas presentadas por los contribuyentes.

Que el Director Vial confirma la ejecución de los trabajos de mantenimiento y reparación de los caminos objeto del presente expediente (fojas 68).

Que la Comisión Interna de Tasación Municipal interviene a fojas 70 y 71, expresando que los montos presupuestados por la ejecución de limpieza de cunetas y extracción lateral de tierra por un largo aproximado de 1600 metros lineales en el camino 06-10, se encuentran a valor corriente en plaza bajo las condiciones actuales de mercado.

Que la Ordenanza Fiscal N° 4555 (T.O) establece en el Título XXIX que por la prestación de los servicios de conservación, reparación y mejorado de calles y caminos rurales de jurisdicción municipal los titulares de dominio, poseedores a título de dueño, nudos propietarios y/o usufructuarios de parcelas rurales deberán abonar el monto que en concepto de Tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal al efecto se establezca, tomando como base imponible la cantidad de hectáreas o fracción superior a 51 áreas.

Que la Ordenanza Tributaria determina la alícuota que deben tributar por hectárea los contribuyentes de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.

Que el artículo 284 del mismo ordenamiento normativo establece que la Tasa por Seguridad y Defensa Civil se liquidará en forma conjunta con la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.

Que por Ordenanza N° 5814/17 el Honorable Concejo Deliberante declaró en emergencia a la Red Vial Municipal, autorizó a resolver con urgencia los gastos relacionados, coordinar con los productores agropecuarios a realizar trabajos de reparación y mantenimiento de la red vial y descontar la inversión de la obra realizada con el monto a abonar en concepto de la Tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal correspondiente al ejercicio 2017.

Que en las presentes actuaciones se cumplimentaron los extremos exigidos por la Ordenanza N° 5814/17, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorícese a las oficinas competentes a descontar la suma de Pesos cuarenta mil ciento cuarenta y uno con veinte centavos ($ 40.141,20) del monto a abonar por los Contribuyentes N° 33448, 33447 y 33459, en concepto de cuotas 1 a 5 del ejercicio 2017 de la “Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal”, correspondientes a los inmuebles individualizados catastralmente como Circunscripción XI, Sección Rural, Parcelas 1081w, 1081v y 1081bc, Titular JOSUE QUESADA E HIJOS S.A. en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.

ARTICULO SEGUNDO: Autorícese a las oficinas competentes a dar por cancelada la cuota 5 del ejercicio 2017 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” al Contribuyente N° 33329, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XI, Sección Rural, Parcela 1052a, Titular Norma E. Valle y Mabel Z. Valle, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.

ARTICULO TERCERO: Autorícese a las oficinas competentes a dar por cancelada la cuota 5 del ejercicio 2017 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” al Contribuyente N° 33330, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XI, Sección Rural, Parcela 1052b, Titular José María García y Ricardo Alberto García, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.

ARTICULO CUARTO: Autorícese a las oficinas competentes a dar por canceladas las cuotas 2 a 5 del ejercicio 2017 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” al Contribuyente N° 33324, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XI, Sección Rural, Parcela 1051a, Titular Carlos A. Valle y Zulma Graciela Valle, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.

ARTICULO QUINTO: Autorícese a las oficinas competentes a dar por canceladas las cuotas 2 a 5 del ejercicio 2017 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” al Contribuyente N° 33323, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XI, Sección Rural, Parcela 1054, Titular Silvia Raquel Etchetto, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.

ARTICULO SEXTO: Autorícese a las oficinas competentes a dar por cancelada la cuota 5 del ejercicio 2017 de la “Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” al Contribuyente N° 33450, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XI, Sección Rural, Parcela 1081y, Titular Dina Esther Castro y Marta Gloria Castro, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.

ARTICULO SÉPTIMO: Autorícese a las oficinas competentes a realizar las adecuaciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.

ARTICULO OCTAVO: Autorícese a las oficinas competentes a reliquidar a los Contribuyentes mencionados en el artículo primero, la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, sin aplicar intereses, multas ni recargos de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 3382 y sus modificatorias

ARTICULO NOVENO: Autorícese a las oficinas competentes a reliquidar a los Contribuyentes mencionados en los artículos primero, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto, la Tasa por Seguridad y Defensa Civil, sin aplicar intereses, multas ni recargos de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 3382 y sus modificatorias.

 ARTÍCULO DECIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Secretaría de Hacienda y Finanzas, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Dirección Vial y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.