Boletines/General Villegas

Decreto Nº1777/18

Decreto Nº 1777/18

General Villegas, 15/11/2018

Visto

El Expediente Nº 13351/18, iniciado por la Secretaria de Desarrollo Social, elevando la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a solventar el pago del servicio de Luz, por un monto de Pesos tres mil ochocientos ochenta ($ 3.880.-) para su evaluación; y

Considerando

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 35.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos tres mil ochocientos ochenta ($3.880.-), destinado a solventar el pago del servicio de Luz, conforme el siguiente detalle:

Apellido y Nombre

D.N.I.

Importe

Luciana Bracciale

32.102.439

$ 400.-

Ludmila Echeverría

34.144.029

$ 500.-

Gladys Falcón

16.215.919

$ 300.-

Carolina Farías

35.803.545

$ 300.-

Mónica Guzmán

14.178.953

$ 500.-

Hugo Piñero

5.397.728

$ 800.-

Betiana Ramos

34.144.015

$ 180.-

Andrea Sosa

35.803.671

$ 500.-

Ayelen Sosa

38.363.514

$ 400.-

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Secretaría de Acción Social

Fuente de Financiación:

110

Inciso:

5 - Transferencias

Partida Principal:

1 - Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corriente

Partida Subparcial:

04 - Ayuda Sociales a Personas

Programa:

62 - Asistencia Social Directa

Actividad Prog:

03 - Subsidios Varios

Importe:

$ 3.880,00-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las  Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social Local; cúmplase y archívese.