Boletines/General Villegas

Decreto Nº1757/18

Decreto Nº 1757/18

General Villegas, 12/11/2018

Visto

El Expediente N° 11201/18, iniciado por la Secretaria de Desarrollo Social, mediante el cual eleva la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a apoyo económico; y

Considerando

Que por Decreto Nº 1457/18, se otorgó a los beneficiarios el apoyo económico requerido.

Que la Tesorería Municipal interviene a fojas 769 solicitando el ingreso a la Partida: Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 110, Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Subparcial 4, Programa 62, Actividad 3; correspondiente a los cheques de “subsidios a indigentes” no retirados por los beneficiarios.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorizase a las oficinas competentes a ingresar a la Partida Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 110, Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Subparcial 4, Programa 62, Actividad 3, las sumas no retiradas por las personas que a continuación se detallan, en concepto de “subsidios a indigentes”, correspondientes a la orden de pago Nº 16969:

Nombre y Apellido

DNI

Importe

Gabriela Vidal

30.730.896

$ 1.200

Elida Zarate

13.033.995

$ 800

María Lorena Castro

28.665.600

$ 1.000

Marcelo Centeno

20.251.232

$ 800

Karen Chiavassa

37.879.457

$ 800

Ivana Paola Giménez

28.665.639

$ 900

Ana María González

26.105.919

$ 1.000

Flavia López

36.682.956

$ 600

Ana María Martín

13.287.212

$ 1.000

Ramona Martínez

20.033.288

$ 400

Nélida Martirene

11.308.130

$ 1.000

Jonathan Monterrosa

36.682.884

$ 800

Sandra Morante

18.642.099

$ 1.000

María Teresa Paniagua

33.863.318

$ 1.000

German Velázquez

37.438.153

$ 800

Daniel Ramón Vetoño

23.161.137

$ 1.000

María Rosa Coronel

06.148.252

$ 1.000

Norma Domínguez

16.808.710

$ 1.200

Carla Peralta

30.132.272

$ 1.500

 

TOTAL

$ 17.800

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería y Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social Local; cúmplase y archívese.