Boletines/General Villegas

Decreto Nº1752/18

Decreto Nº 1752/18

General Villegas, 12/11/2018

Visto

El Expediente N° 13242/18, iniciado por la Secretaria de Desarrollo Social, elevando la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a solventar el pago de energía eléctrica, por la suma de Pesos seis mil ($ 6.000.-), para su evaluación; y

Considerando

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 45.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos seis mil ($ 6.000.-), destinado a solventar el pago de energía eléctrica, conforme el siguiente detalle:

APELLIDO Y NOMBRES

     D.N.I.

IMPORTE

Barrera Hilda

22.711.778

$ 600.-

Cichini Mónica

20.185.520

$ 400.-

Díaz María Isabel

17.441.044

$ 400.-

Echeverría Ludmila

34.144.029

$ 500.-

Flores Laura

26.826.895

$ 800.-

Gómez Eve

13.974.066

$ 600.-

Gómez Marcela

29.505.664

$ 200.-

Lemos Alicia

16.118.884

$ 400.-

Morante Sandra

18.642.099

$ 500.-

Sarmiento Griselda

24.707.107

$ 400.-

Sosa María Ayelen

38.363.514

$ 300.-

Vidal Magali

35.431.771

$ 900.-

 

TOTAL

$ 6.000.-

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida:

Jurisdicción:

Secretaría de Acción Social

Fuente de Financiación:

110

Inciso:

05 - Transferencias

Partida Principal:

01 - Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corriente

Partida Subparcial:

04 - Ayuda Sociales a Personas

Programa:

62 - Asistencia Social Directa

Actividad Proy.:

03 - Subsidios Varios

Importe:

$ 6.000.-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Contaduría, Tesorería y Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social; cúmplase y archívese.