Boletines/General Villegas

Decreto Nº1711/18

Decreto Nº 1711/18

General Villegas, 02/11/2018

Visto

El Expediente Nº 12404/18, iniciado por el Director de Recursos Humanos, informando que al momento de confeccionar la certificación digital de servicios y remuneraciones correspondientes al Señor Javier Ipharraguerre con fines previsionales en el marco del Programa de Jubilación Digital, que se genera a través del Sistema de Administración Previsional (SAP), se verifica la inexistencia en los registros oficiales del Municipio, de varios actos administrativos de designación como agente transitorio jornalizado y como agente transitorio mensualizado; y

Considerando

Que es necesario proceder a regularizar la situación producida y reconocer los servicios prestados por el señor Javier Ipharraguerre, dado que se encuentra acreditado el cumplimiento de la obligación principal a su cargo de prestar servicios a la Municipalidad y la contraprestación en dinero por parte del Municipio.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Reconócese los servicios prestados por el señor Javier Ipharraguerre- L.P. Nº 2064, a la Municipalidad de General Villegas y el legítimo abono realizado en el cargo de personal transitorio jornalizado por el período comprendido entre el 4 de noviembre de 2002 al 16 de noviembre de 2002 y entre el 18 de abril de 2007 al 21 de diciembre de 2007 con 8 módulos, 30 horas semanales, por cuanto se halla acreditado precedentemente y con fines previsionales en el marco del Programa de Jubilación Digital, que se genera a través del Sistema de Administración Previsional (SAP).

ARTÍCULO SEGUNDO: Reconócese los servicios prestados por el señor Javier Ipharraguerre- L.P. Nº 2064, a la Municipalidad de General Villegas y el legítimo abono realizado en el cargo de personal transitorio mensualizado por el periodo comprendido entre el 10 de diciembre de 2006 al 17 de abril de 2007 con 213 módulos 40 horas semanales, entre el 20 de diciembre de 2008 al 5 de marzo de 2009 con 236 módulos y 40 horas semanales, entre el 8 de diciembre de 2013 al 9 de marzo de 2014 y entre el 8 de diciembre de 2014 al 3 de marzo de 2015 con 360 módulos 48 horas semanales, por cuanto se halla acreditado precedentemente y con fines previsionales en el marco del Programa de Jubilación Digital, que se genera a través del Sistema de Administración Previsional (SAP).

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría y Tesorería; cúmplase y archívese.