Boletines/General Villegas
Resolución Nº 1046/18
General Villegas, 06/11/2018
Visto
El Expediente Nº 762/16, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio, perteneciente al señor Marcos Francisco Lemos, dedicado a la explotación del rubro “Despensa”, a partir del 2 de enero de 2016; y
Considerando
Que mediante Resolución Nº 721/17, agregada a fojas 60 y 61, se registró la habilitación provisoria, correspondiente al Contribuyente Nº 21588.
Que por Expediente Nº 762/16 Alcance 1, agregado a fojas 67, el titular del comercio solicita una extensión de la habilitación provisoria.
Que se labraron Acta de Inspección Nº 6410 y Censo de Comercio e Industria Nº 6365, declarando no poseer empleados en relación de dependencia (fojas 70 y 71).
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 81, informando que el recurrente registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública”, “Seguridad y Defensa Civil”, “Vivienda” y “Tasa por Alumbrado Público”.
Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Libre Deuda expedido por la Oficina de Rentas y Plano de Obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 – Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Incisos 6 y 9).
Que a fojas 96 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 721/17, de un comercio dedicado a la explotación del rubro “DESPENSA”, denominación comercial “EL CRUCE”, del señor MARCOS FRANCISCO LEMOS, D.N.I. Nº 27.060.290, Contribuyente Nº 21588, Codificador de Rentas Nº 62100-06, NIS Nº 1585356-01 – T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle San Juan Bosco Nº 227 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Manzana 24, Parcela 24, fecha de alta 02 de enero de 2016, no contando con empleados en relación de dependencia, Expediente Nº 762/16.
ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase al señor MARCOS FRANCISCO LEMOS, D.N.I. Nº 27.060.290, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666, y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: La prórroga concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO CUARTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Segundo, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación, de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente, comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.