Boletines/General Villegas

Resolución Nº1023/18

Resolución Nº 1023/18

General Villegas, 05/11/2018

Visto

El Expediente Nº 5287/18, iniciado por el señor Oscar Enrique Banchio, solicitando la habilitación municipal de un vehículo dedicado a la explotación del rubro “transporte de pasajeros”, desde el 20 de abril de 2018, declarando no poseer empleados; y acompañando la documentación exigida por la legislación vigente (fojas 2 a 14).

El Acta de Constatación Nº 679, agregada a fojas 13; y

Considerando

Que de las constancias obrantes en el mismo, surge que ha cumplimentado parcialmente los requisitos exigidos por la normativa vigente (Ordenanza Nº 3848).

Que a fojas 32 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la Habilitación Provisoria de un vehículo tipo FURGON - Marca MERCEDES BENZ - Dominio AA267CX - Modelo SPRINTER 415 CDI-3665-MIXT04+1 TE V1 – Año 2016 - Motor Nº 651955W0058034 - Chasis Nº 8AC906633GE120366, dedicado a la explotación del rubro “TRANSPORTE DE PASAJEROS”, perteneciente al señor OSCAR ENRIQUE BANCHIO, DNI Nº 10.802.490, Codificador de Rentas Nº 71100-02, no contando con empleados en relación de dependencia, con domicilio comercial y particular en calle Santiago del Estero Nº 748 de la localidad de Piedritas, fecha de alta 20 de abril de 2018, conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 5287/18.

ARTÍCULO SEGUNDO: La habilitación concedida en el Artículo primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.

ARTÍCULO TERCERO: La Secretaría de Comercio e Inspección General requerirá al recurrente, cada ciento ochenta (180) días, la presentación de la documentación actualizada, de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3848.

ARTÍCULO CUARTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de División Centro de Cómputos, Secretaría de Comercio e Inspección General, División Comercio e Inspección, Dirección y Departamento de Rentas, Contaduría, Compras, Bromatología, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.