Boletines/Pellegrini
Ordenanza Nº 1332/17
Pellegrini, 11/05/2017
Que esta Administración tiene previsto vender terrenos de su propiedad pertenecientes al dominio privado, con la finalidad de que se edifiquen viviendas familiares, y cubrir de tal manera parte del déficit habitacional del Partido.-
Que el Municipio ha procedido de diferentes maneras a incorporar tierras privadas a su patrimonio, las que mediante su venta además de permitir la regulación del precio del suelo, van a facilitar a las personas de menos recursos acceder a la titularidad de un bien inmueble.-
Que recurrir en esos casos a las Tasaciones de Organismos Oficiales para obtener el precio de los bienes a vender, teniendo en cuenta su relativa cuantía en el contexto del presupuesto municipal, resultaría gravoso y al extremo burocrático.-
Que del juego armónico de los arts. 21 y 26 del Decreto Ley 9533/80 resulta que los Municipios se encuentran autorizados a tasar los bienes, faltando solamente regular el procedimiento a seguir para que la misma tenga plena vigencia y permita su obtención con más celeridad y eficacia.-
Que a fin de transparentar el sistema de tasación, se debe crear una Comisión Especial de Tasaciones en el ámbito Municipal que se encargue de valuar los bienes inmuebles que se pretendan transferir.-
Que para que se obtenga una mayor seguridad en la estimación de los valores de las propiedades, resulta conveniente que se encuentren representados ambos Departamentos de la Municipalidad, como así que intervenga un profesional idóneo en valuaciones urbanas.-
Que, en consecuencia, dicha comisión estaría constituida por dos representantes del Departamento Ejecutivo, dos del Concejo Deliberante y un profesional idóneo en materia de tasaciones de inmuebles.-
Que la comisión tendría como finalidad tasar bienes del dominio privado de la municipalidad y de aquellos privados que sean de interés, a propuesta del Departamento Ejecutivo.
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: CRÉASE la Comisión de Tasaciones de Bienes Inmuebles Privados perteneciente a la Municipalidad del Partido de Pellegrini que tendrá a su cargo la valuación de los inmuebles privados de la referida Municipalidad en los supuestos que se decida su venta por los procedimientos establecidos en la Ley Orgánica de las Municipalidades Dec.Ley 6768/58, Régimen de Inmuebles Dec.Ley 9533/80 y demás normas provinciales y/o municipales relacionada con la materia.
ARTICULO 2º: Dicha comisión estará integrada por: 1) el Secretario de Gobierno del Departamento Ejecutivo, 2) Jefe de Planeamiento y Urbanismo de la Municipalidad, 3) el Presidente del Concejo Deliberante o el Concejal que éste designe, 4) un Concejal por el o los bloques minoritarios, y 5) un profesional idóneo en materia de valuaciones urbanas de la localidad, a sugerencia del Colegio de Martilleros de la Provincia de Buenos Aires, Departamental Trenque Lauquen.
Una vez formada, ésta Comisión dictará su propio reglamento interno.
ARTICULO 3º: La Comisión tendrá competencia para intervenir en toda tasación de inmuebles destinados a la construcción de vivienda única y de ocupación permanente o con destino a pequeños emprendimientos empresariales o a ventas en que los compradores sean instituciones reconocidas por la Municipalidad del Partido de Pellegrini o para fijar la base de los inmuebles cuya ventas se realicen mediante remate o licitación pública.
ARTÍCULO 4º: Tendrá como función presentar un dictamen individual y pormenorizado sobre el valor venal de los bienes inmuebles que se le sometan a su conocimiento por parte del Departamento Ejecutivo. Las decisiones sobre el valor del bien se tomarán por los votos de las dos terceras partes de los miembros de la comisión teniendo en consideración el precio más elevado.
ARTÍCULO 5º: También tendrá facultades de realizar tasaciones a privados en la medida en que respondan a la competencia dispuesta por el art. 3° de la presente Ordenanza, y el pedido se realice a través del Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el Registro Oficial y cumplido, archívese.