Boletines/Suipacha

Decreto Nº107/2019

Decreto Nº 107/2019

Suipacha, 26/02/2019

Visto

La Ordenanza Nº 2277/2016 promulgada por Decreto Nº 136/2016 y las notas elevadas por la Secretaría de Cultura y Educación de este Municipio; y

Considerando

Que mediante estos talleres se puede contener, capacitar e integrar a alumnos y también intercambiar y adquirir cultura y conocimientos;

Que participarán de los mismos niños, jóvenes y adultos de nuestra comunidad;

Que dichos talleres se encuentran encuadradas en la Ley 26.206, Ley de Educación Nacional-Artículo 112;

Que este Departamento Ejecutivo estima de sumo interés la realización de los mismos, por ello, el suscripto,

Intendente Municipal del Partido,

En uso de sus atribuciones decreta

Artículo 1º:  Declárese  de  Interés  Municipal  la  realización  de los talleres  que  más  abajo  se mencionan, desde el mes de Marzo de 2019 hasta el mes de Noviembre/2019:

  • Taller de Arte para niños “creciendo en un mundo de colores” dictado por Karina Colla, C.U.I.L. N° 27-26831405-4, en Suipacha.
  • Taller de Arte para adultos “manos a la Obra” dictado por Karina Colla, C.U.I.L. N° 27-26831405-4, en Suipacha.
  • Taller de  “Orquesta Infanto -Juvenil de Guitarras” dictado por el Profesor Fernando De Rose, C.U.I.T. N° 20-30223882-1, en Suipacha.
  • Taller de “Guitarras  para niños” dictado por Manuel Asenzo, CUIL 23-32262454-9, en General Rivas.
  • Taller de “Percusión” dictado por Manuel Asenzo, CUIL 23-32262454-9, en Suipacha.

 

Artículo 2º:  Declárese  de  Interés  Municipal  la  realización  de los talleres  que  más  abajo  se mencionan, desde el mes de Marzo de 2019 hasta el mes de Diciembre/2019:    

  • Taller de Coro de Niños de General Rivas, dictado por Juan Ignacio Martí, C.U.I.T. N° 20-28991126-0.
  • Taller de Coro de Jóvenes Suipacha, dictado por Juan Ignacio Martí, C.U.I.T. N° 20-28991126-0.

 

Artículo 3°: Los gastos que demande el proyecto serán solventados con los ingresos provenientes del Fondo Educativo Nacional. 

Artículo 4º: El gasto que demande lo establecido en el Artículo 1° se  imputará a la siguiente   partida:

1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero

1100000000 – Administración Municipal

1110000000 – Administración Central

1110100000 - Departamento Ejecutivo  

1110113000 – Secretaría de Cultura y Educación

17-  Difusión de la Cultura y Educación

03- Desarrollo en el Ambito de la Educación

 

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno y Control de Gestión.

Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.