Boletines/Suipacha

Decreto Nº75/2019

Decreto Nº 75/2019

Suipacha, 01/02/2019

Visto

Las actuaciones derivadas del Expediente Letra “I” Nº 7/2019; y

Considerando

Que  del mismo se desprende la necesidad de contratación de personal  profesional para las diferentes áreas de salud;

Que es necesario contratar a la Asociación de Anestesiología y Dolor del Oeste Bonaerense con el fin de contar con un servicio completo debido a la demanda de cirugías programadas y de urgencia fuera del horario habitual de quirófano,  teniendo en cuenta que solamente existe un solo anestesiólogo contratado;

Que actualmente la Secretaría de Salud no cuenta con galenos disponibles para cubrir los servicios mencionados en cada expediente y tampoco existen vacantes para ser ocupadas;

Que de acuerdo a los argumentos vertidos por  la Contadora Municipal que impulsan los Expedientes de referencia, este Departamento Ejecutivo considera oportuno contratar a los profesionales que se ocupen de dichos asuntos;

Que es menester dictar el acto administrativo pertinente a efectos de proceder a la convalidación de los contratos, por todo ello, el suscripto,

               

Intendente Municipal del Partido,

En uso de sus atribuciones decreta

Artículo 1º: Convalídense  los contratos suscriptos oportunamente entre el Intendente Municipal, Alejandro W. Federico y los profesionales que a continuación se detallan:

  • Kinesiologa: Rachi, Valeria
  • Psicologa: Gomez, Loana Soledad
  • Medico Clínico: Dr. Ruiz, Sergio Fabian
  • Médico Hemoterapia: Dr. Pitelli, Mario Eduardo
  • Obstétricas:  Dra. Zapata, Rocio Soledad, Dra. Losardo, Milena.

           

Artículo 2º: Convalídense el contrato suscripto oportunamente entre el Intendente Municipal, Alejandro W. Federico y la Asociación de Anestesiología y Dolor del Oeste Bonaerense (A.A.D.O.B.), representado por la presidenta Sra. Stella Manterola.

Artículo 3º: El gasto que demande lo establecido  en  el  Artículo precedente se imputarán en las siguientes partidas:

Profesionales en Hospital Municipal Esteban Iribarne

1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero

1100000000 – Administración Municipal

1110000000 – Administración Central

1110100000 – Departamento Ejecutivo

1110106000 – Secretaría de Salud

61-Prestación de Servicios en Hospital Municipal

03 - Coordinación y Gestión del Servicio Hospitalario

 

Artículo 4º: Autorízase  a  la  Contaduría Municipal, a realizar las erogaciones que surjan con motivo del cumplimiento del Artículo 1º.

Artículo 5º: El presente Decreto será  refrendado  por  la  Señora Secretaria de Gobierno y  Control de Gestión.

Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Oficial de Decretos y archívese.