Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 1783/19
Nueve de Julio, 10/04/2019
NANNI ERNESTO JOSE. INSCRIPCION REGISTRAL A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE 9 DE JULIO
Visto
La nota de fecha 21 de febrero de 2019 obrante en fojas 1 del expediente administrativo 4082-198/2019 caratulado "SEC. DE VIVIENDA Y URBANISMO - ESPACIO VERDE LIBRE PUBLICO".
La situación dominial en que se encuentran los inmuebles cuyas nomenclaturas catastrales se transcriben a continuacion Circ: XV – Secc.: B – Chacra: 127 – Mzna.: 127 h – Parcela 11, Partida N.º 077-045396; y Circ: XV – Secc.: C – Chacra: 127 – Mzna.: 127m – Parcela 1, Partida N.º 077-045397.
El Dec. Ley 8912/77de Ordenamiento Territorial y uso del suelo, el Codigo Urbano Ambiental de la Ciudad de Nueve de Julio, el Decreto Ley 9.533/80 de Régimen de Inmuebles y la Disposición Tecnica Registral 1/82.
Considerando
Que en relación a la cesión gratuita de superficies destinadas a espacios verdes y equipamiento comunitario por parte de propietarios de terrenos, el Dec. Ley 8912/77 en su art. 56 dispone que “Al crear o ampliar núcleos urbanos, áreas y zonas, los propietarios de los predios involucrados deberán ceder gratuitamente al Estado Provincial las superficies destinadas a espacios circulatorios, verdes, libres y públicos y a reservas para la localización de equipamiento comunitario de uso público..”.
Que lo dispuesto por dicho artículo es receptado por el Código de Ordenamiento Urbano de la Ciudad de 9 de Julio, el cual en su Capitulo 3 art. 3.3.2.1 expresa que “En todo parcelamiento de macizos existentes y de predios denominados Chacras, Quintas o Parcelas Rurales así como sus remanentes pertenecientes al Área Urbana, o que den lugar a una ampliación de área urbana o creación de zonas residenciales extraurbanas, el propietario tiene obligación de ceder a título gratuito al Estado Provincial espacios destinados a áreas verdes públicas y a equipamientos comunitarios de uso público...”.
Que los inmuebles mencionados en VISTO se ceden conforme plano nro. 77-34-2016 aprobado por dirección de Geodesia el 13/10/2016, a la Municipalidad de 9 de Julio en concepto de Espacio Verde Libre y Público, y Equipamiento Comunitario a ceder respectivamente conforme lo normado por el Dec-Ley 8912/77.
Que mediante Decreto – Ley 9533/80 se establece el régimen de los inmuebles de dominio municipal y provincial, y en su art. 1º dispone que: “...Constituyen bienes del dominio público municipal las calles o espacios circulatorios, ochavas, plazas y espacios verdes o libres públicos que se hubieren incorporado al dominio provincial con anterioridad a esta Ley y los inmuebles que en el futuro se constituyan para tales destinos en virtud de lo dispuesto por la Ley 8912 -de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo-”.
Que a los fines de contemplar los distintos supuestos de transferencia de inmuebles a las Municipalidades la Disposición Tecnica Registral 1/82 en su Art. 1 establece que debe ser considerado “...título suficiente a tales efectos el Decreto, Ordenanza, Resolución o Disposición de la autoridad respectiva en que acepte aquella...”.
Por ello, resultando necesario impulsar los actos para que la Administración Provincial asegure la disponibilidad del dominio de terrenos a favor de éste Municipio, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1º: Aceptar la cesión y requerir al registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, la INSCRIPCION REGISTRAL a favor de la Municipalidad de 9 de Julio de los inmuebles ubicados en la Ciudad y Partido de 9 de Julio cuyas nomenclaturas catastrales son: Circ: XV – Secc.: B – Chacra: 127 – Mz..: 127 h – Parcela 11, Partida N.º077-045396; y Circ: XV – Secc.: C – Chacra: 127 – Mzna.: 127m – Parcela 1, Partida N.º077-045397 por estar comprendidos en al Art. 1 del Dec. Ley 9.533/80.
ARTICULO 2º: Ruégase a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad la inscripción pertinente de conformidad.
ARTICULO 3º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Vivienda y Urbanismo.
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.