Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 1634/19
Nueve de Julio, 05/04/2019
Casa Nº 1 del Barrio 23 Viviendas PRO CASA III Localidad de Morea - Estableciendo valor de lotes inmuebles.
Visto
El Expediente Nº 2416-93/2015 del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, Instituto de la Vivienda, mediante el cual se tramita la regularización dominial de la Casa Nº 1 del Barrio 23 Viviendas PRO CASA III de la localidad de Morea, Partido de 9 de Julio.
Considerando
Que a fs. 40 la Dirección General Inmobiliaria y Social del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, solicita se adjunte minuta contable correspondiente al inmueble que se solicita escriturar.
Que a fs 47 vta. la Dirección de Gestión Judicial informa que no existe juicio de apremio por el recupero del valor de inmueble descripto.
Que por su parte, a fs. 49 vta. la Subsecretaría de Ingresos Públicos informa que no existen datos respecto al valor de amortización del inmueble, ni de cuotas.
Que dada la antigüedad del inmueble, consultadas las áreas correspondientes, se infiere que ni en el expediente en cuestión ni en los registros contables municipales, existe información respecto al valor actualizado del inmueble.
Que es requerimiento de fs. 40 de la Dirección General Inmobiliaria y Social del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires establecer un valor a los inmuebles para la tramitación de escrituras mediante Escribanía General de Gobierno.
Que el precio de venta y plan de financiación de los inmuebles debe ser establecido por la Municipalidad de 9 de Julio.
Que el valor establecido en el presente, será aplicado únicamente a los efectos de la escrituración
Por ello, el Intedente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1º: Establezcase, a los fines escriturarios, el valor de la Casa Nº 1 del Barrio 23 Viviendas PRO CASA III de la localidad de Morea, Partido de 9 de Julio, en la suma de Pesos cinco mil con 00/100 ($5.000).
ARTICULO 2º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Administración y Hacienda.
ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.